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 Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)

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billutzu
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billutzu

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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyJue 22 Mar 2012 - 21:38

Aqualung escribió:
billutzu escribió:
Quizás sería interesante echarle un vistazo a la sentencia, más que nada para hablar con conocimiento de causa
Pues no estaría mal. Yo no he conseguido encontrarla pero buceando, me he tropezado con esta web que contiene agrupados por temas una enorme cantidad de artículos periodísticos sobre este tema:
http://www.justiciaespanola.es/ordenan-repetir-juicio-contra-yerno-tous-absuelto-forma-arbitraria-g412258902

Tampoco tuve éxito ...

Sí encontré esto

El TSJ de Cataluña cree arbitraria la absolución y obliga a repetir el juicio del caso Tous
20/03/2012 · 08:32 · Efe

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado por arbitrario el veredicto del jurado que absolvió al yerno de los joyeros Tous Lluís Corominas del homicidio de un presunto ladrón y ha ordenado repetir el juicio con un nuevo tribunal popular.

En su sentencia, el alto tribunal anula el veredicto que en junio pasado absolvió a Corominas por actuar en legítima defensa atenazado por un miedo insuperable, en base a uno de los argumentos esgrimidos en su recurso por la acusación particular ejercida por la familia del presunto ladrón fallecido.

El TSJC mantiene que la motivación del veredicto fue "claramente insuficiente, además de arbitraria", por lo que la magistrada presidente debería haberlo devuelto al jurado, y por ese motivo ordena convocar un nuevo tribunal popular para juzgar la muerte del presunto ladrón, a quien Corominas mató de un disparo en diciembre de 2006 cuando supuestamente intentaba asaltar el chalé de sus suegros.

Para el TSJC, en su veredicto el jurado "no sólo desatendió las instrucciones de la magistrada presidente" en cuanto a la necesidad de realizar un juicio de inferencia lógico, sino que, además, para justificar la absolución "tergiversó esencialmente la conclusión declarada y fundada del informe pericial sobre la salud mental" de Corominas, sin explicar suficientemente las razones que lo llevaron a ello.

La sentencia del alto tribunal, que la defensa de Corominas ya ha anunciado que recurrirá al Supremo, recuerda que son varias las ocasiones en que el propio TSJC ha anulado veredictos absolutorios por insuficiencia o arbitrariedad en la motivación, porque tiene la potestad de "controlar los errores cometidos por el jurado en cuanto a la interpretación de la prueba".

El TSJC desmonta el argumento del miedo insuperable que esgrimió el tribunal popular para absolver a Corominas y sostiene que en las grabaciones en vídeo y audio de los hechos no existe "nada que apoye las conclusiones del jurado, sino todo lo contrario".

Para el alto tribunal catalán, esa grabación constata que Corominas supo en todo momento dónde se encontraban los asaltantes, "de manera que pudo haberlos eludido sin ningún problema hasta la llegada de la policía".

Por otro lado, añade la sentencia, el procesado "se comportó a la vista de las cámaras con una capacidad de acción y de coordinación psicomotriz incompatibles con el grave estado psicológico de temor" que le atribuyó el jurado en su veredicto.

El tribunal aduce que las conclusiones de los dos únicos peritos a los que el jurado dio credibilidad, que descartaron que Corominas sufriera una situación de pánico, "se adecúan plenamente a las máximas de la experiencia acuñadas por la jurisprudencia del Supremo", que cree incompatible la eximente de miedo insuperable "con la conducta de quien acude armado al lugar donde están las personas con las que se prevé el enfrentamiento".

En ese sentido, la sentencia recuerda que Corominas era un profesional de la seguridad privada que, tras conocer la presencia de unos supuestos asaltantes, en vez de esperar a la llegada de la policía, se presenta en el lugar con una pistola semiautomática, se dirige al vehículo sospechoso y "dispara en dos ocasiones de forma eficaz" alcanzando a uno de los supuestos ladrones.

Posteriormente, añade el TSJC, desciende del coche y "haciendo gala de una presencia de ánimo incompatible con el miedo declarado", encañona al copiloto del vehículo hasta la llegada de la policía.

La sentencia del alto tribunal reprocha a la magistrada presidente del jurado que no hiciera uso de la facultad de devolución del veredicto al tribunal, cuando ése se lo presentó, y, en lugar de eso, decidiera corregir directamente ella misma ese "grave defecto" del tribunal popular en su sentencia.

La absolución del yerno de los Tous fue recurrida tanto por la acusación particular como por la Fiscalía, que pidió al TSJC que repitiera la mayor parte del juicio sin jurado popular, y por la defensa de Corominas, que se oponía al pago de los 310.000 euros de indemnización que la Audiencia de Barcelona le obligaba a pagar a la familia de la víctima.

El TSJC rechazó la inusual fórmula de repetición del juicio propuesta por la Fiscalía y acordó convocar una vista -celebrada en diciembre pasado- en la que sólo tuvieron cabida los argumentos jurídicos de las partes y el visionado de la grabación de las cámaras de videovigilancia del chalé de los Tous, que filmaron el homicidio y los momentos previos y posteriores al mismo.
http://www.lexdiario.es/tribunales/118456/el-tsj-de-cataluna-cree-arbitraria-la-absolucion-y-obliga-a-repetir-el-juicio-del-caso-tous
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Merry
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyVie 23 Mar 2012 - 2:25

billutzu escribió:
Quizás sería interesante echarle un vistazo a la sentencia, más que nada para hablar con conocimiento de causa
Reconozco que en mi caso, estaba generalizando sobre la percepción de la justicia por parte del ciudadano y no me ceñía al tema concreto de este caso.
Pido disculpas, porque efectivamente, no deja de ser una desviación del hilo. Embarassed
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tata
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptySáb 31 Mar 2012 - 21:12

POR ORDENAR REPETIR EL JUICIO
La defensa del yerno de los Tous acusa al TSJC de infringir la ley

Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 Fotonoticia_20120330173019_225
Foto:Europa Press
BARCELONA, 30 Mar. (EUROPA PRESS) -

La defensa del yerno de la familia de joyeros Tous ha acusado a la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de "infringir la Ley" al ordenar repetir el juicio por Jurado que había absuelto a Lluís Corominas, encausado por un delito de homicidio tras matar a un presunto ladrón.

El TSJC decidió anular el veredicto del jurado basándose en las eximientes de legítima defensa y de miedo insuperable por el que fue juzgado en mayo de 2011, tras estimar el recurso presentado por la acusación particular y la Fiscalía.

La defensa de Corominas cree que el TSJC "infringe la Ley del Jurado con la finalidad de sustituir el criterio de los jurados por el suyo propio, han explicado este viernes en un comunicado.

"El TSJC, a pesar de reconocer que ello está prohibido, acaba por imponer su propio criterio, vulnerando el artículo de la Ley del Jurado que obliga al tribunal a incorporar y respetar los hechos probados por el jurado", han añadido.

También creen que el TSJC rompe así con la doctrina del Tribunal Constitucional "que le impide volver a valorar las pruebas que ya valoró el jurado al tratarse de una sentencia absolutoria".

Tampoco están de acuerdo con el razonamiento del TSJC que justificó la formación de un nuevo jurado en que el veredicto del anterior era "insuficiente y arbitraria".

Para la defensa de Corominas cree que "es en realidad una simple discrepancia entre el parecer del TSJC y el expresado por los jurados".

"Ni la discrepancia es posible ni es constitucionalmente lícita la sustitución de un criterio por otro, pues de los contrario, se despojaría de todo el sentido al juicio oral, al propio jurado y a las sentencias dictadas por ellos".

Según los hechos probados por el jurado, el 9 de diciembre de 2006 el acusado Lluís Corominas --yerno y coordinador de seguridad privada de los Tous-- acudió a la vivienda familiar de Sant Fruitós de Bages (Barcelona) alertado por un auxiliar de control de la presencia de intrusos.

El acusado, al llegar al lugar y ver a dos presuntos ladrones en un vehículo cerca de la vivienda, disparó dos veces con su pistola semiautomática contra el coche y mató a uno de ellos "determinado por el miedo que sentía", según el jurado.

http://www.europapress.es/sociedad/noticia-defensa-yerno-tous-acusa-tsjc-infringir-ley-20120330173019.html
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Merry
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptySáb 31 Mar 2012 - 23:17

Citación :
alertado por un auxiliar de control
me llama la atención esta matización ¿habrá habido alguna consecuencia, para que los medios ya no lo llamen "vigilante de seguridad"?
claro que un "auxiliar de control" sea lo que sea eso, vigilando cámaras... pale

En cuanto al meollo de la noticia, comparto la opinión de que si cada vez que al TSJC no le gusta la sentencia del jurado, se anula ¿que sentido tiene nombrar jurados? o se toma la institución del jurado con todas las consecuencias o se elimina, o jugamos todos o se rompe la baraja.
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyDom 1 Abr 2012 - 7:32

Merry escribió:

En cuanto al meollo de la noticia, comparto la opinión de que si cada vez que al TSJC no le gusta la sentencia del jurado, se anula ¿que sentido tiene nombrar jurados? o se toma la institución del jurado con todas las consecuencias o se elimina, o jugamos todos o se rompe la baraja.

Yo estoy de acuerdo con esto que dices, pero el meollo está en que los jueces no solo aplican las leyes. Es cierto que dirigen el juicio según las normas del derecho procesal, y es cierto que la sentencia la dictan conforme a derecho; pero también deciden sobre si el acusado cometió o no los hechos que se le imputan, valoran las credibilidad de los testigos, deciden si hay dolo o imprudencia y establecen las intenciones del acusado, animus iocandi, injuriandi, laedendi, necandi, etc. En el fondo lo que hacen es establecer un juicio de intenciones, sin tener ningún conocimiento o cualificación previa, más que su dudosa experiencia vital y sus filias y fobias.

Si los representantes de la ciencia positiva para juzgar la conducta humana son los psicólogos y psiquiatras (de hecho son los que firman los certificados psicotécnicos para conducir, portar armas, etc.) ¿Qué pinta un juez haciendo ese trabajo? ¿Por qué los tribunales no están compuestos siempre por al menos dos miembros: un juez y un psiquiatra o psicólogo forense? Como no es plan, por eso en lugar del psiquiatra o el psicólogo se nombra un jurado. Cosa con la que estoy completamente de acuerdo, no es la opinión de un profesional de la conducta humana, pero al menos son nueve experiencias humanas distintas.

El problema está en que la mayor parte de la población (incluidos los psicólogos) entiende conceptos no jurídicos como el de miedo insuperable casi nunca como lo entiende un juez. Esto es porque un juez se basa en hechos objetivos externos ya establecidos por otro juez en otro juicio: "Si a fulanito en 1998 y en estas circustancias no se le pudo atribuir un miedo insuperable, a menganito en 2008 y en las mismas circustancias, pues tampoco se le podrá atribuir". Pero el miedo insuperable es una emoción subjetiva, no intercambiable entre dos sujetos. Los jueces no valoran, en general, si el acusado está en tal o cual situación, sino lo que valoró otro juez en un caso parecido.

Los "pecados" del jurado popular son dos, el primero el restar protagonismo al juez, dejándolo como un mero regulador de un proceso judicial y el segundo valorar la conducta humana de forma distinta a como lo haría un juez (alguien, que insisto, no tiene ninguna formación o conocimiento demostrable, a priori, al respecto) ¿Quiénes discrepan más abiertamente con el jurado? Aquellos que más conocen la forma de proceder de los jueces y que precisamente tienen prohibido actuar como jurados: policías, funcionarios de prisiones, funcionarios de justicia, jueces, abogados, procuradores, profesores de medicina legal...

¡Qué horror de democracia, donde la gente normal se atreve a pensar como gente normal! Wink


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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyDom 1 Abr 2012 - 23:55

Lurta escribió:
En el fondo lo que hacen es establecer un juicio de intenciones, sin tener ningún conocimiento o cualificación previa, más que su dudosa experiencia vital y sus filias y fobias.
¿Preferirías entonces que el juicio de intenciones lo hagan nueve personas sin ningún conocimiento o cualificación previa (desde luego legal ninguno y probablemente tampoco ninguna relacionada con el caso) y cada una con una experiencia vital y sus fobias y filias personales y a las que encima, no se les puede reprochar dicha parcialidad?

Yo desde luego no. Very Happy

Para juzgar a alguien, lo necesario es conocer las leyes y normas en base a las cuales se ha de juzgar, y esos son los conocimientos que los jueces tienen y que el jurado no.

Para cubrir los huecos de conocimientos que los Jueces no tienen, están los correspondientes peritos en las distintas áreas, incluída la psicología, y a los que, al igual que al Juez, se le presupone imparcialidad y capacidad de abstraerse de sus sentimientos personales.

Aún así, sería necio pensar que un ser humano, es capaz de eliminar de forma total sus opiniones y sus propias vivencias personales, sólo una máquina sería capaz de ello.
El Juez está precisamente para valorar las escalas de grises que se producen en un proceso judicial ya que incluso en un juicio en el que todo está meridianamente claro, el Código Penal considera un rango mínimo y máximo entre los cuales estará la pena, y será el Juez el que decida si pone el mínimo el máximo o cualquier valor intermedio.

La labor del Jurado es primero decidir si se ha producido o no, el hecho juzgado, y segundo, decidir si el acusado es culpable o no de dicho hecho juzgado y si aprecian o no la existencia de los posibles agravantes o atenuantes.

Esto debido al desconocimiento de las leyes del Jurado, se realiza en base a preguntas más comprensibles del tipo: "¿Creen ustedes que el acusado llevaba una bufanda puesta para evitar que la victima le reconociese?".
Puede parecer una perogrullada, pero esto implicará que a la pena se le aplique la agravante de disfraz o no.

Por otro lado, siguiendo el principio del in dubio pro reo, para declarar probados los hechos que sean contrarios al acusado, son necesarios siete votos (de los nueve posibles), mientras que en caso de que sean favorables al acusado sólo son necesarios cinco votos. Cualquier abstención, cuenta como un voto favorable al acusado.

Por lo tanto, puesto que en el Tribunal del Jurado, quienes valoran los hechos, las pruebas presentadas y las opiniones de los peritos, son las personas que lo forman, personas normales que son legas en materias legales. estas personas, como seres humanos que son, son facilmente influenciables por abogados inteligentes y hábiles.
Esta razón, es la que a mí personalmente, me posiciona en contra del Tribunal del Jurado.

Si cuando me tienen que diagnosticar una enfermedad busco un médico y cuando se me estropea el coche busco un mecánico... Cuando tengo un juicio prefiero que me juzgue un Juez.

Un Juez, con todas sus virtudes y sus defectos, es más complicado que se deje influenciar por hechos anejos a lo que es la aplicación pura y dura de la ley, que alguien que no sabe de leyes y que probablemente tampoco a tenido ninguna experiencia vital que le sirva de referencia para juzgar los hechos que se le presentan.

Un saludo.
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyLun 2 Abr 2012 - 0:30

Pero la cuestión aquí no es discutir si la institución del jurado es o no mejor que el juez único, sino si podemos volver a juzgar sus decisiones.
Podría aceptar que se decidiese suprimir el jurado, pero no que no se acepten sus decisiones, no podemos dar por buenas solo las que nos gustan y volver a juzgar las que nos incomoden.
Jurado si, o jurado no, pero jurado solo si me viene bien lo que decida ¡no cuela! pale
Las reglas del juego han de estar claras desde el principio de la partida y no cambiarse a conveniencia según se desarrollen los acontecimientos.
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyLun 2 Abr 2012 - 0:44

Merry escribió:
Pero la cuestión aquí no es discutir si la institución del jurado es o no mejor que el juez único, sino si podemos volver a juzgar sus decisiones.
Desde luego, si la cuestión es esa, mi opinión es que una sentencia firme no se puede volver a juzgar.

Pero a la vez, existen mecanismos perfectamente legales que permiten que una sentencia ya producida quede sin efecto.

Seguro que me dejo alguna otra posibilidad, pero a bote pronto, se me ocurren:
El más obvio es el de recurrir la sentencia a una instancia superior (creo que este no es el caso de la noticia).
Otro es que que aparezcan nuevas pruebas determinantes que hagan necesaria la repetición del juicio (tampoco es esta la razón en el tema).
Y otro es que la sentencia no se haya producido conforme a derecho por incumplirse cualquiera de las garantías procesales. En este caso, lo primero es demostrar que no se han cumplido y luego realizar de nuevo el juicio.

Creo que en este caso van por ahí los tiros. Pero sin conocer al detalle las razones esgrimidas para la repetición del Juicio, yo no me atrevo a opinar si es justa o no esta repetición del juicio al yerno de los Tous.
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MensajeTema: Re: Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único)   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyLun 2 Abr 2012 - 0:52

De todos modos, tengo que decir que creo que el jurado está menos atenazado por los legalismos y el objeto de introducirlo es precisamente el añadir algo de sentido común básico a una justicia en exceso encorsetada por los tecnicismos y las argucias legales.
Yo estoy a favor de él.
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MensajeTema: El Tribunal Supremo ratifica que se repita el juicio al yerno de los Tous por homicidio   Noticias respecto al juicio del yerno de los Tous, Lluís Corominas (Hilo único) - Página 2 EmptyMiér 23 Ene 2013 - 4:12

EL TRIBUNAL SUPREMO RATIFICA QUE SE REPITA EL JUICIO AL YERNO DE LOS TOUS POR HOMICIDIO

EFE. 22.01.2013
El Tribunal Supremo (TS) ha ratificado la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de repetir el juicio contra el yerno de los joyeros Tous Lluís Corominas tras anular el veredicto del jurado que le absolvió del homicidio de un presunto ladrón cerca del chalé familiar.

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha adoptado esta decisión al desestimar el recurso de Corominas con el argumento de que la presunción de inocencia no queda afectada por la anulación de ese veredicto para la celebración de un nuevo juicio por estos hechos.

No obstante, admite que la repetición del juicio "puede acarrear repercusiones negativas no solo en la agilidad del proceso (...) sino también en la posición procesal del acusado que ve borrado todo el camino ya recorrido, también en los puntos que podían serle beneficiosos y que se dieron por probados".

Para el TS, "esos efectos colaterales son de esencia de toda la declaración de nulidad del juicio", ya que "en el ámbito del jurado la composición del tribunal provoca que la nulidad habitualmente y, salvo supuestos muy excepcionales, haya de extenderse a todo el juicio con la necesidad de constituir un nuevo tribunal".

"Miedo insuperable"

El TSJC acordó en marzo anular por "arbitrario" el veredicto del jurado que absolvió a Corominas de este homicidio, con el argumento de que al disparar contra el presunto asaltante actuó en legítima defensa, atenazado por un miedo insuperable. Para anular el fallo del jurado, el tribunal asumió una de las alegaciones esgrimidas en su recurso por la acusación particular, ejercida por la familia del presunto ladrón fallecido, el ciudadano albanokosovar Sinani Gazmend.

Fundamentalmente, que resulta incompatible con la eximente de miedo insuperable "la conducta de quien acude armado al lugar donde están las personas con las que se prevé el enfrentamiento". El TSJC desmontó así el argumento del miedo insuperable en el que se apoyó el tribunal popular para absolver a Corominas, profesional de la seguridad privada, y sostuvo que en las grabaciones en vídeo y audio de los hechos no existe "nada que apoye las conclusiones del jurado, sino todo lo contrario".

En opinión del Supremo, el TSJC concluyó "de forma motivada, razonada y lógica que el veredicto del jurado se presentaba más como un acto de voluntad, revestido de ropaje argumental, que como una decisión fruto de un proceso racional deliberativo". Según recuerda la sentencia del TS, de la que ha sido ponente Antonio del Moral, el jurado "se limitó a dar como probado que el recurrente efectuó dos disparos contra el vehículo ocupado por dos personas", pero no llegó a un acuerdo sobre si hubo dolo eventual.

Por ello, la magistrada-presidente del tribunal del jurado, "entendiendo que estaba habilitado para ello (...) concluyó que concurría dolo eventual", acción que fue censurada por el TSJC al considerar que "no podía en este punto situar por encima de las consideraciones del jurado su propia percepción".

Eso no significa, prosigue el Supremo, que el TSJC "declarara probado que el recurrente actuase con dolo, ni que no existiese legítima defensa putativa o error", sino que "se limita a decir que las bases sobre las que se han efectuado las deducciones por el jurado no son sólidas".

"Se ciñe a constatar que el veredicto del jurado no se ajustaba a parámetros de racionalidad y lo anula reponiendo las actuaciones para la celebración de un nuevo juicio en que todas las posibilidades valorativas de la prueba que se practique quedan abiertas, sin condicionante alguno", precisa la sentencia.


Fuente: 20 MINUTOS.es
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