La Ronda del Vigilante
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 Grabaciones de seguridad

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torque99
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MensajeTema: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptySáb 25 Ago 2012 - 21:55

Hace poco un miembro de la policia.nacional nos solicito las grabciones de las.camaras de seguridad en las que aparecia un sujeto presuntamente culpable de un delito. Se llevaron la grabacion para identificar a esta persona sin mostrar orden ni autorizacion de ningun tipo,esto se puede hacer?puedo tener algun problema por ello?
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyDom 26 Ago 2012 - 0:34

Pues si que puedes tener problemas.
¿Quien es el titular de los ficheros que contienen las grabaciones?¿Quienes segun ese fichero estan autorizados para su visulaizacion?
¿Me imagino que en la empresa que estas habra un director de seguridad?¿ Quien ha autorizado que se le entreguen las imagenes a la policia?

Estas son algunas preguntas que segun su respuesta , pueden acarrearte problemas o no.
Decir que lo normal es que no los haya, pero tenemos que acostumbranos a guardarnos la espalda.
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Aries Caballo
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyDom 26 Ago 2012 - 5:19

torque99 escribió:
Se llevaron la grabacion para identificar a esta persona sin mostrar orden ni autorizacion de ningun tipo,esto se puede hacer?puedo tener algun problema por ello?
Desde luego, lo habitual es que no tengas problemas. Pero los VS no estamos autorizados al tratamiento de las imágenes generadas por un CCTV.

Hubiese sido tan sencillo como decirle a la policía que no tienes autorización para sacarlas y haberte puesto en contacto con la persona que sí lo está.

Como a dicho Proyecto_k, siempre es muy importante guardarnos las espaldas por si acaso.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 6:40

Aqualung escribió:
Pero los VS no estamos autorizados al tratamiento de las imágenes generadas por un CCTV.

Haber compañero si me lo explicas.

¿yo llego a mi centro CCTV y no puedo revisar las grabaciones de 3 horas antes a mi entrada de servicio?

estoy controlando 6000 metros cuadrados de instalaciones y ¿no puedo controlar la seguridad de las intalaciones en las horas que esta vacio?

y si me estan esperando 7 tios detras de un container a que realice la ronda, ¿yo previmente no puedo revisar la zona?

vamos que si es asi, no salgo ni hacer rondas, llego, me siento y ni me miro las pantallas del CCTV.

saludos cordiales
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Aries Caballo
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 7:19

Tratamiento de imágenes no es lo mismo que visualización.

Tal y como yo entiendo el tema, (aunque seguro que los más puestos en temas legales pueden aportar información más completa), por nuestro trabajo estamos perfectamente habilitados para visionar en directo dichas imágenes así como manejar el sistema de cámaras.

Pero salvo que estemos especificamente autorizados por el encargado de tratamiento o el responsable del fichero, no podríamos hacer ningún otro tipo de operación con las imágenes ya grabadas.

Un saludo.
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Merry
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 8:17

Evidentemente que podemos visualizarlas y revisar las grabaciones, pero no podemos disponer libremente de ellas, ni cederlas a terceros por nuestra cuenta y riesgo.
La duda que yo si tengo es si estariamos obligados a mostrarlas (no a entregarlas) si se nos requiere a ello por la policía, entiendo que esto dependerá de que en ellas se vean zonas públicas o de uso público, porque si por ejemplo muestran el interior de un espacio privado, una fábrica o comercio, tengo claro que no, salvo orden judicial. Rolling Eyes
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chusbigshark
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 10:40

Aqualung escribió:
Tratamiento de imágenes no es lo mismo que visualización.

ok compañero, tienes toda la razon, crei a primera vista que era lo de poder controlar el fichero, la verdad no estoy muy puesto en la normativa sobre CCTV y la verdad es que he trabajado bastantes turnos en esto.

aprovechando tambien sobre la duda de merry ,creo que entregar la grabaciones a la policia, mossos etc sin orden judicial no es licito, otra cosa es que se presenten y te pidan que les pongas la visualizacion de una fecha en concreto in situ y con lo que pudieran ver pidieran orden de entrega al juez, aparte las grabaciones creo que tienen que tener algo asi como marca de agua o algo parecido sobre el tema de posible manipulacion, sino no sirven en caso de acusacion, bueno alguien mas esperimentado haver si nos ilumina un poco.

aprovecho tambien a preguntar hasta que punto es legal lo siguiente, generalmente los programas para CCTV tienen infinidad de opciones, por mi esperiencia me doy cuenta que en varios servicios el sistema esta capado para que no puedas acceder a todas las opciones y generalmente esto ocurre cuando existen camaras ocultas, en algun servicio he llegado ha encontrar 3 y 4 camaras ocultas que para mas risa el dueño o responsable del negocio no me lo ha comunicado ¿esto es de ley ?,¿es denunciable?, en un servicio una de estas camaras ocultas la he tenido enfocandome todo el servicio que da la casualidad que es la misma oficina donde me cambio de ropa y esto me ha tenido bastante cabreado cuando he realizado el servicio.

saludos de acuerdo
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 13:53

Es obligatorio colocar carteles que indiquen a los empleados que existe videovigilancia en la zona y por supuesto que no se pueden instalar en vestuarios o servicios.

Citación :
...“Los responsables que cuenten con sistemas de videovigilancia deberán cumplir con el deber de información previsto en el artículo 5 de La Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre. A tal fin deberán:
a) Colocar, en las zonas videovigiladas, al menos un distintivo informativo ubicado en lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados y
b) Tener a disposición de los/las interesados/as impresos en los que se detalle la información prevista en el artículo 5.1 de la Ley Orgánica 15/1999...
http://www.lexcam.es/gfx/Descargas/Informes/2010-0070_Videovigilancia.-Deber-de-informar.pdf
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyLun 27 Ago 2012 - 19:35

Además, si no estoy equivocado, las cámaras no pueden estar ocultas (en el sentido de que no se puedan ver a simple vista).

Otra cosa es que no nos den acceso a todas ellas, lo cual no es ilegal ya que eso dependería del titular y el encargado del fichero.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 0:09

Citación :
Además, si no estoy equivocado, las cámaras no pueden estar ocultas (en el sentido de que no se puedan ver a simple vista).
Yo esto no lo tengo claro.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 1:15

Merry escribió:
Es obligatorio colocar carteles que indiquen a los empleados que existe videovigilancia en la zona y por supuesto que no se pueden instalar en vestuarios o servicios.

fijate la puñereria como va:
Durante el dia el puesto del CCTV es una oficina donde hay una secretaria que hace y recive pagos de las mercancias que hay en el almacen, dos camaras en dicha oficina 1 de vision general y otra oculta apuntando a la mesa donde esta dicha secretaria.
Por la noche el puesto se transforma en CCTV y las camaras igual con la particularidad que en teoria el vigilante no sabe que hay una camara apuntandole toda la noche (quiza piensan que somos tontos) ¿que objetivo tiene esta camara? ¿es legal grabar al vigilante porque le de la gana al cliente? por cierto la otra camara la no oculta con sistema de audio (supongo que sera por si tiene sueño muy profundo el vigilante poder grabarlo tambien) Sleep y para escojonarse esta oficina es donde nos cambiamos, me gustaria verme en pelotas ahora en veranito cuando me cambio y salgo preparadito para irme a la playa. Evil or Very Mad

asi esta el patio compis

Aqualung escribió:
Además, si no estoy equivocado, las cámaras no pueden estar ocultas (en el sentido de que no se puedan ver a simple vista).

esto no lo tengo yo muy claro tampoco la pregunta seria ¿si pueden estar ocultas se tiene que informar al personal de seguridad?

saludos
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 1:22

Grabar al vigilante es perfectamente legal, pero este, como cualquier otro trabajador, tiene que ser advertido de que puede estar siendo grabado.
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torque99
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 16:22

Creo q si es el sitios donde t cambias no pueden haber camaras,por el.derecho a la intimidad,deberian habilitar otro sitio para q puedas cambiarte,pero claro con nosotros siempre hacen lo q quieren
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 16:43

¡Ojito! que eso es denunciable y les puede caer un paquete de aupa
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMar 28 Ago 2012 - 20:07

torque99 escribió:
Creo q si es el sitios donde t cambias no pueden haber camaras,por el.derecho a la intimidad,deberian habilitar otro sitio para q puedas cambiarte,pero claro con nosotros siempre hacen lo q quieren
La pregunta es si te cambiabas en esa oficina motu propio o si el cliente te dijo que te podías cambiar allí.

Si es lo primero entonces lo único que sería denunciable en mi opinión, es que no exista un lugar adecuado para cambiarse de ropa, no el hecho de que haya una cámara.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 4:26

Muy cierto, el hecho de que uno se cambie, en si mismo, no convierte una habitación cualquiera en un vestuario, aunque supongo que si el hecho de ser utilizada frecuentemente para este propósito es de conocimiento de quien realiza las grabaciones, aunque no lo haya autorizado expresamente, esto puede ser tenido en cuenta por un juez, en todo caso la presencia de una cámara, sin advertir de ello con el cartel obligatorio, sigue estando prohibida por la LOPD, nos cambiemos o no, y por tanto es denunciable Wink

Grabaciones de seguridad Images?q=tbn:ANd9GcRc4zEEigXkXoWxiebtd5L7JofzawULaFfQYCTmeUZ37f0-yxSTJw&t=1
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tata
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 4:50

Merry escribió:
Grabar al vigilante es perfectamente legal, pero este, como cualquier otro trabajador, tiene que ser advertido de que puede estar siendo grabado.
Pues conocí un caso, dónde el vigilante tenía una cámara en la entrada de la garita y él no tenía ni idea.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 5:13

tata escribió:
Pues conocí un caso, dónde el vigilante tenía una cámara en la entrada de la garita y él no tenía ni idea.
Es ilegal (salvo que la cámara sea simulada), la videovigilancia está afectada por la Ley orgánica de Protección de Datos, en concreto por el artículo 5.1:
Citación :
Artículo 5. Derecho de información en la recogida de datos.

1. Los interesados a los que se soliciten datos personales deberán ser previamente informados de modo expreso, preciso e inequívoco:

De la existencia de un fichero o tratamiento de datos de carácter personal, de la finalidad de la recogida de éstos y de los destinatarios de la información.

Del carácter obligatorio o facultativo de su respuesta a las preguntas que les sean planteadas.

De las consecuencias de la obtención de los datos o de la negativa a suministrarlos.

De la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición.

De la identidad y dirección del responsable del tratamiento o, en su caso, de su representante.
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tata
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 5:43

Es ilegal , no informar de que puede ser grabado. Lo que ya no comprendo, si debe de saber dónde están las ubicadas todas las cámaras que están grabando.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 6:08

Personalmente no creo que nada obligue a señalizar la ubicación de las cámaras o a hacerlas visibles, solo que la zona en la que estás está siendo videovigilada.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 9:46

En esta empresa donde he prestado algunos servicios existe un vestuario, por supuesto, para los trabajadores de la misma, que encima esta llena de mier** hasta el infinito, los vigilantes son personal externo que a la empresa le importa tres huevos, con que si se produce un robo exista vigilante, les vale para cobrar del seguro, encima pagan el doble de lo que nosotros cobramos, mas bien es una obligacion que una voluntad tener este servicio, por lo tanto si haces 12 o 14 horas o estas una semana entera ala empresa se la suda.
En el tema de señalizacion de las camaras por su puesto que hay carteles informativos pero a mi nunca el responsable de la empresa, mas bien el dueño en este caso me comunico que habia camaras grabandome puesto que precisamente las que estan en la oficina son las que estan escamoteadas en detectores de humo etc.. sobre el tema cambiarse, saben perfectamente que el vigilante se cambia en la oficina y que se pone en pelotas para ello, no hace falta ser un iluminado en informatica para acceder a las camaras que no te dejan controlar.

Cada vez que realizo el servicio intento ponerme de lo mas fotogenico cuando me cambio por que por si casualidad de la vida durante el servicio pasara algo grave, la policia al pedir las grabaciones tengan la oportunidad de verme en todo mi esplendor y ya de paso si lo viera el Juez y tuviera el dia inspirado su señoria matara dos pajaros de un tiro.

saludos
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyMiér 29 Ago 2012 - 10:31

Citación :
En el tema de señalizacion de las camaras por su puesto que hay carteles informativos pero a mi nunca el responsable de la empresa, mas bien el dueño en este caso me comunico que habia camaras grabandome
No mezclemos asuntos.
Si hay carteles de aviso, nadie tiene obligación de comunicarte nada personalmente y si tu te cambias en un local que no es un vestuario y donde un cartel avisa que hay videovigilancia es tu responsabilidad.
Otro tema será la falta de vestuarios apropiados, algo que deberias exigir a tu empresa a través del comité de empresa o el delegado de seguridad e higiene y esta a su vez al cliente, o la duración de los turnos, que es algo entre tú y tu empresa y que al cliente no tiene porque importarle, pero lo que aqui tratamos es la legalidad de las grabaciones y a mi, por lo que cuentas, me parece todo perfectamente legal.
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyJue 30 Ago 2012 - 10:09

Merry escribió:
Citación :
En el tema de señalizacion de las camaras por su puesto que hay carteles informativos pero a mi nunca el responsable de la empresa, mas bien el dueño en este caso me comunico que habia camaras grabandome
No mezclemos asuntos.
Si hay carteles de aviso, nadie tiene obligación de comunicarte nada personalmente y si tu te cambias en un local que no es un vestuario y donde un cartel avisa que hay videovigilancia es tu responsabilidad.
Otro tema será la falta de vestuarios apropiados, algo que deberias exigir a tu empresa a través del comité de empresa o el delegado de seguridad e higiene y esta a su vez al cliente, o la duración de los turnos, que es algo entre tú y tu empresa y que al cliente no tiene porque importarle, pero lo que aqui tratamos es la legalidad de las grabaciones y a mi, por lo que cuentas, me parece todo perfectamente legal.

Si el tema a que me refiero es la puñeteria como esta hecho, el cartel esta cerca de una camara fuera de la oficina es decir cuando llegas a ella puedes ver el cartel de zona video vigilada otro de extintor y otros de informacion varia, si das un vistazo alrededor puedes ver perfectamente dos camaras que apuntan a la ventanilla de pagos( vamos como si fuera la ventanilla de un banco) esto lo sabe el que viene por que lo ve y el que trabaja porque lo ve tambien, PERO nadie nos ha informado que dentro de la oficina hay dos camaras ocultas, una en un sensor de humo y otra en un rincon y con sistema de audio en un detector de movimiento, que eso no lo aprecia un ciudadano normal y corriente, bien, pero que nos lo hagan a los vigilantes, ¿que fin tienen estas camaras ocultas? esta es mi principal pregunta, hay o no hay derecho a la intimidad me cambie o no en este lugar, ¿le inporta mucho a la empresa si hago muñequitos de arcilla, sin faltar a mis responsabilidades en el servicio? lo que tengo claro es que durante el dia como comente las camaras esten por seguridad de la secretaria porque realiza transacciones monetarias,¿pero que es lo que hago yo por las noches que sea de extremo peligro para ser grabado?.

contestando al compañero Merry sobre lo de exigir un vestuario, mas bien una taquilla como en todo sitio normal y corriente, pues lo de siempre, tu ves exigiendo que veras donde acabamos, camviandonos en casa para no tener que volver al servicio, por cierto..... el primer dia que pregunte donde podia cambiarme me digeron ahy detras hay un servicio (4m/2 con bonita vista a una taza de water) y aqui un colgador que puedes utilizar, es decir mi cinturon, defensa grilletes y ropa colgado en un lado de una oficina a la vista de todo cristo, pues bueno si lo quereis asi pues ahy os lo dejo.

saludos
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyVie 31 Ago 2012 - 3:39

Sin duda es un tema complicado este de la videovigilancia. Especialmente porque aparte de las leyes e instrucciones sobre él, al final hay que remitirse a la jurisprudencia para saber qué se puede y qué no se puede hacer.

Por lo tanto, que conste que todo lo que digo es una simple opinión personal, ni más ni menos. Very Happy

Por lo que voy leyendo, lo que grabe o no una cámara no es lo importante. Lo importante es el tratamiento que se dará a dichas imágenes (visualización, cesión a terceros, etc...).

chusbigshark escribió:
...el cartel esta cerca de una camara fuera de la oficina es decir cuando llegas a ella puedes ver el cartel de zona video vigilada
Si existe cartel de información que cumple con los requisitos legales, entonces todas las imágenes que pertenezcan a dicho fichero de datos son perfectamente legales. No es necesario que cada cámara esté señalizada.

Sin embargo si existe una cámara cuyas imágenes son registradas y dicha imágenes no están inscritas en la Agencia Española de Protección de Datos entonces son ilegales independientemente de que sea visible o no, o de que el resto de cámaras del establecimiento sí que estén conforme a la ley.

chusbigshark escribió:
¿que fin tienen estas camaras ocultas? esta es mi principal pregunta,
Tienen el fin con el que se haya escrito dicho fichero en la AEPD. Y si son usadas con cualquier otro fin, entonces dicho uso será ilegal.

chusbigshark escribió:
hay dos camaras ocultas, una en un sensor de humo y otra en un rincon y con sistema de audio en un detector de movimiento,
Esto sí que es totalmente ilegal.

Las grabaciones de audio unicamente pueden utilizarse como prueba en un juicio, cuando las presenta uno de los intervinientes en la conversación para defender sus propios derechos legítimos (ver enlace al final del post).

chusbigshark escribió:
sobre lo de exigir un vestuario, mas bien una taquilla como en todo sitio normal y corriente, pues lo de siempre, tu ves exigiendo que veras donde acabamos, camviandonos en casa para no tener que volver al servicio, por cierto..... el primer dia que pregunte donde podia cambiarme me digeron ahy detras hay un servicio (4m/2 con bonita vista a una taza de water) y aqui un colgador que puedes utilizar, es decir mi cinturon, defensa grilletes y ropa colgado en un lado de una oficina a la vista de todo cristo, pues bueno si lo quereis asi pues ahy os lo dejo.
Esto también es perfectamente denunciable (ante la inspección de trabajo).

Y si no se reclama y se denuncia, pues entonces lo única que queda es aguantarse. Quejarse de algo compartiéndolo con otras personas que comprenden de lo que hablmos y que se solidarizan con nosotros sin duda desahoga. Pero poca más utilidad tiene aparte de eso. Very Happy

Un saludo.



Añado un par de enlaces de interés al respecto:
  • Ley y normativa sobre videovigilancia
  • ¿Por qué es ilegal grabar audio con las cámaras?
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MensajeTema: Re: Grabaciones de seguridad   Grabaciones de seguridad EmptyVie 31 Ago 2012 - 10:08

Aqualung escribió:


Por lo que voy leyendo, lo que grabe o no una cámara no es lo importante. Lo importante es el tratamiento que se dará a dichas imágenes (visualización, cesión a terceros, etc...).



chusbigshark escribió:
¿que fin tienen estas camaras ocultas? esta es mi principal pregunta,
Tienen el fin con el que se haya escrito dicho fichero en la AEPD. Y si son usadas con cualquier otro fin, entonces dicho uso será ilegal.


chusbigshark escribió:
sobre lo de exigir un vestuario, mas bien una taquilla como en todo sitio normal y corriente, pues lo de siempre, tu ves exigiendo que veras donde acabamos, camviandonos en casa para no tener que volver al servicio, por cierto..... el primer dia que pregunte donde podia cambiarme me digeron ahy detras hay un servicio (4m/2 con bonita vista a una taza de water) y aqui un colgador que puedes utilizar, es decir mi cinturon, defensa grilletes y ropa colgado en un lado de una oficina a la vista de todo cristo, pues bueno si lo quereis asi pues ahy os lo dejo.
Esto también es perfectamente denunciable (ante la inspección de trabajo).

Y si no se reclama y se denuncia, pues entonces lo única que queda es aguantarse. Quejarse de algo compartiéndolo con otras personas que comprenden de lo que hablmos y que se solidarizan con nosotros sin duda desahoga. Pero poca más utilidad tiene aparte de eso. Very Happy


Si lo del denunciar es lo de siempre almenos comentarlo como tu bien dices desahoga que ya es mucho.

Compañero, no tenia ni idea del regitro en un fichero, me da que pensar que no esta registrado en ningun sitio porque si vienen hacer una inspeccion no creo este muy bien diseñado,

y aprovechando los enlaces uno de ellos me ha resultado interesante o mas bien se acerca a mis pensamientos.

Pego este articulo que parece que da mucho a interpretar.

La instalación de cámaras de video vigilancia en el centro de trabajo deben preservar la intimidad de los trabajadores aunque el motivo principal de su uso sea el de vigilar las instalaciones y las oficinas, por lo cual hay que tener presente una serie de pasos a seguir antes de su instalación para que no se vulnere dicho derecho.

Diferentes sentencias con diferentes criterios

Desde el punto normativo, el artículo 20 del real Decreto-Legislativo 1/1995, aprueba las medidas que se utilizan para controlar la actividad del trabajador siempre que se respete su derecho a la intimidad. Sobre esta cuestión se han dictado sentencias con resultados diversos.

El Juzgado de Tarragona en el año 2000 dictó una sentencia en la que declaraba como ilegal la instalación de cámaras de vigilancia en el centro de trabajo, sin embargo, en Barcelona, el Juzgado de lo Penal número tres admitió como prueba la grabación que se realizó en determinada empresa. Por otra parte, el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias confirmó la legalidad de la colocación de este tipo de cámaras en un auto celebrado en el año 2000.

Consejos para la empresa

Independientemente del que el principal objetivo de la instalación de cámaras de seguridad en el lugar de trabajo sea exclusivamente como medida de seguridad de las instalaciones, al poder suscitar cierto recelo, la empresa debería comentarlo con los trabajadores que ejerzan la representación de los mismos dentro de la empresa.

Si esta cuestión se ha comentado con dichos representantes y más tarde se realizan grabaciones, seguimientos y controles de los trabajadores, este hecho se podría considerar como un atentado al derecho de intimidad de las personas con la consiguiente nulidad del despido por parte de la empresa, de la indemnización por vulnerar tal derecho y de la readmisión al puesto de trabajo. Todo ello basado en la normativa vigente de la Ley del Estatuto de los Trabajadores (ET), artículo 55.5.

La empresa debe garantizar este derecho a la intimidad colocando las cámaras de video vigilancia en los puntos que sirvan para controlar las instalaciones generales conforme a un plan técnico sobre vigilancia y seguridad de instalaciones y oficinas.

No deben ser colocadas en aquellos lugares de acceso restringido y reservado únicamente para los trabajadores donde pudiera desprenderse un motivo de seguimiento del desempeño de los mismos, ya que si es así, se estará atentando contra el honor y la intimidad de las personas de forma grave.

la verdad que me queda vastante mas claro el tema con estos enlaces

saludos
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