Hola buenas a todos los compañeros de este foro, queria haceros una consulta a ver si podiais ayudarme por que no tengo muy claro el tema, os cuento mi caso: Yo soy Vigilante de Seguridad habilitado por el Ministerio del Interior, actualmente ejerzo como controlador de acceso en un Hotel, en mi contrato pone una clausula por la cual no puedo ejercer las funciones de Vigilante de Seguridad, las cuales no realizo ya que lo unico que hago es el control al interior del hotel por parte de los huespedes alojados en el mismo, mi turno es por la noche de 0.00h a 8.00h, no cobro nocturnidad y tengo que hacer como minimo 168 horas al mes para llegar a mi nomina que es con 168 horas al mes de 685 euros, cuando el mes tiene 31 dias hago 176 horas y por esas 8 horas extras mi nomina asciende hasta 720 euros, por supuesto las pagas las tengo incluidas en mi sueldo, ¿que opinais al respecto? os pido vuestros consejos ya que leo vuestros comentarios y parece que muchos de vosotros poseeis la experiencia que a mi me falta, yo saque mi habilitacion en la convocatoria 91. (Febrero de 2012).
Un saludo a todos y gracias.