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| Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización | |
| Autor | Mensaje |
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Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 2:48 | |
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Última edición por Aqualung el Sáb 29 Dic 2012 - 6:23, editado 3 veces |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 3:08 | |
| ¡¡Woow!! Es cuestión de mentalizarse que el único objetivo es disminuir si cabe, la inexistente calidad de la seguridad privada de nuestro país... por lo tanto la idea de añadir un simple dictado a las pruebas para descartar a los tropecientos aspirantes que no saben escribir, como que la descartamos definitivamente ¿no? Mientras el negocio sea mas importante, que la propia seguridad "los únicos cambios que sufriremos serán en perjuicio de toda la sociedad". ¡¡Vergonzoso!!. |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 3:45 | |
| Yo así a priori, veo un gran beneficiado en estos cambios y que, desde luego, no es el personal de Seguridad Privada ni el sector en general. Los grandes beneficiados son las academias de formación homologadas. Y esta conclusión personal, se basa en que basándonos en que se cumpla la Orden Ministerial, un Vigilante de Seguridad que quisiese poder trabajar en cualquiera de los múltiples servicios en que existe Seguridad Privada tendría que realizar un mínimo de 320 horas (180 del curso de VS más 140 horas de los 14 cursos específicos que se han sacado de la manga, que a la sazón, son los siguientes: - Vigilantes de Seguridad que presten servicio de transporte de seguridad
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de respuesta ante alarmas
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en urbanizaciones, polígonos, transportes y espacios públicos
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en centros comerciales
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en centros hospitalarios
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio con aparatos de rayos X
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en aeropuertos
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en puertos
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en buques
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en instalaciones nucleares y otras infraestructuras críticas
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia con perros
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia en eventos deportivos y espectáculos públicos
- Vigilantes de seguridad que presten servicio de vigilancia en centros de internamiento y dependencias de seguridad
- Vigilantes de Seguridad que presten servicio de vigilancia del patrimonio histórico y artístico
A pesar de que soy totalmente partidario de que la formación de los VS debe ser mucho mejor que la que actualmente se exige. En mi opinión, la forma de conseguirlo no es hinchar las horas en base a cursos, algunos de los cuales, en mi modesta opinión, son innecesarios para quien realmente haya aprovechado su curso de VS y que preste atención en el día a día de su trabajo. La auténtica pésima noticia que implica la aparición de este desarrollo normativo, es que no se tiene ninguna intención de que la futura Ley de Seguridad Privada cambie desde la base la estructura de la formación del personal de Seguridad Privada convirtiéndonos en trabajadores auténticamente formados profesionalmente. En mi opinión, se han conformado con parchear lo que ya existía y hacerlo todavía más complicado de cumplir que antes. Lo dicho. Entre lo que ya he explicado y el párrafo siguiente (con el que las academias ya ni siquiera van a tener que impartir las prácticas de tiro), si yo fuese responsable de una academia de formación, estaría dando palmas con las orejas. - Citación :
- Tema 14. Tiro de instrucción. Prácticas de fuego real y/o de fogueo o en simulador homologado, con las armas reglamentarias.
Última edición por Aqualung el Mar 11 Dic 2012 - 4:47, editado 2 veces |
| | | mactimo Usuario Avanzado
Mensajes : 246 Localización : cantabria Habilitación : Vigilante de seguridad y explosivos. Registro : 12/04/2012 Positivos recibidos : 27
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 3:59 | |
| - Aqualung escribió:
- P.S: Por cierto... Enhorabuena al usuario que pasó el rumor del cambio que introduciría la prueba de 400 metros lisos en sustitución de los 60 metros y el kilómetro (tiene una buena fuente de información) .
Ahora será aún más fácil aprobar las pruebas físicas. hombre Aqualung se han puesto dos dominadas en lugar de una viendo lo que veo yo en santander en cada convocatoria que con una dominada cae una pila de aspirantes,con dos ya ni te cuento por lo demas ya era facil, ahora esta chupado. Si vindi estoy contigo: ¡¡Vergonzoso!!. |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 4:06 | |
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| | | Francis_ Usuario Iniciado
Mensajes : 76 Habilitación : Si Profesión : V.S y Radioscopia Registro : 20/04/2012 Positivos recibidos : 3
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 5:51 | |
| Entonces esto que quiere decir, que si voy a un puerto tengo que hacer un curso, si estoy en un centro comercial otro y asi sucesivamente. ¿ O me estoy equivocando ?
La verdad es que no me a quedado muy claro. |
| | | fjva1 Usuario Novato
Mensajes : 5 Localización : Barcelona Habilitación : Estudiando Profesión : Futuro V.S Registro : 12/03/2012 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 5:55 | |
| hola, un saludo, aquellos que hemos realizado el curso este año...este certificado emitido por la academias sera valido para la documentacion a aportar ??que se sabe de esto?? |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 6:37 | |
| Siempre hay que leer las leyes hasta el final : - Citación :
- Disposición transitoria primera.
Adaptación de la formación previa establecida para los vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos y escoltas privados.
1. Los centros de formación autorizados en los que se impartan los módulos profesionales de formación previa, generales y específicos, para vigilantes de seguridad,vigilantes de explosivos y escoltas privados, deberán adaptar las enseñanzas a los nuevos temas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, en la convocatoria inmediatamente posterior a la entrada en vigor de aquélla.
2. Los diplomas de formación previa expedidos por los centros autorizados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Resolución, mantendrán su plena validez a efectos de presentación a las pruebas de selección para vigilantes de seguridad, vigilantes de explosivos y escoltas privados convocadas por la Secretaria de Estado de Seguridad. En resumen. Todos los diplomas expedidos con fecha anterior a la entrada en vigor de esta Resolución (es decir, 11 de diciembre de 2012), son perfectamente válidos para presentarse a las pruebas que se celebren a partir de ahora. A aquellos que estéis ahora mismo en el curso y que aún no habéis recibido el diploma, yo recomendaría que habléis de esto con vuestra academia, los cuales, si son diligentes, modificarán todo lo que sea necesario al respecto.
- Francis_ escribió:
- Entonces esto que quiere decir, que si voy a un puerto tengo que hacer un curso, si estoy en un centro comercial otro y asi sucesivamente. ¿ O me estoy equivocando ?
Pues ateniéndonos a la legalidad sí. Pero, puesto que todavía ninguna academia ha podido preparar dichos cursos de especialización ni se han establecido los trámites para que quienes ya están trabajando en dichos servicios o quienes hayan realizado cursos sobre dichas materias a lo largo del tiempo, homologuen dichos cursos. En mi opinión aún se tardará un tiempo en que esto sea exigido. Un problema que se hubiesen ahorrado en mi opinión, si hubiesen establecido un periodo de, por ejemplo seis meses, para la entrada en vigor de esta Resolución, en lugar de hacer que entre ya mismo en vigor. Aunque esto de aprobar y poner en vigor una ley antes de ajustar y modificar la burocracia que precisa su aplicación real, parece que está bastante de moda (y si no, pensemos en el follón que hay con la aplicación de las nuevas tasas judiciales).
Última edición por Aqualung el Mar 11 Dic 2012 - 8:01, editado 1 vez |
| | | fjva1 Usuario Novato
Mensajes : 5 Localización : Barcelona Habilitación : Estudiando Profesión : Futuro V.S Registro : 12/03/2012 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 6:46 | |
| Siento ser pesado pero una pregunta me ronda la cabeza...el temario que hasta ahora se impartia en las academias sigue siendo valido para los examenes que impondran en las convocatorias del año que viene??es algo que me preocupa realmente,estoy en el paro y no se si podre pagar mas academias antes de presentarme.. |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 7:12 | |
| - fjva1 escribió:
- Siento ser pesado pero una pregunta me ronda la cabeza...el temario que hasta ahora se impartia en las academias sigue siendo valido para los examenes que impondran en las convocatorias del año que viene??es algo que me preocupa realmente,estoy en el paro y no se si podre pagar mas academias antes de presentarme..
El temario no. Porque el temario (aunque no en demasía) cambia con esta nueva Resolución. Pero a tí no te tiene que preocupar el temario. Sólo te preocupa el diploma. Si ya has hecho el curso y tienes el diploma. Ese diploma te vale para presentarte a todas las convocatorias que necesites. Si aún no has hecho el curso o aún no tienes el diploma. La academia se preocupará de darte el temario nuevo para que el diploma sea válido. Y en cuanto al examen que pondrá la policía, tenéis que asumir todos los que habéis tenido la mala suerte de coincidir con este cambio, que se hará con respecto al nuevo temario que, como digo, es en su inmensísima mayoría, idéntico al anterior. Y que muy posiblemente, meterán algunas preguntas de los nuevos temas. Me atrevo a decir que aquellos que controlen bien los temas antiguos, aprobarían aunque no se mirasen nada de los nuevos. En todo caso, si yo estuviese en vuestro lugar, hablaría con la academia en la que dí el curso para pedirles que me den los nuevos temas exigidos. Un saludo. |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 7:50 | |
| Comprobando el temario que había hasta ahora y comparando: - En el módulo de Derecho Constitucional, se elimina del tema sobre la Constitución Española, la "especial referencia a lo que las leyes y jurisprudencia establecen respecto a cacheos y registros" (lo meten en el área de Técnico-Profesional).
Se le añade un tema sobre la Unión Europea.
- En el módulo de Derecho Penal se añade un tema sobre "Delitos de atentado, resistencia y desobediencia a la Autoridad y sus agentes". (Me pregunto cómo lo enfocarán las academias)
- El módulo de Derecho Procesal Penal, permanece igual.
- Al módulo de Derecho Administrativo Especial, se le añade un tema nuevo "Protección de datos de carácter personal. Normativa básica reguladora. Especial referencia al tratamiento y custodia de las imágenes".
- Al módulo de Derecho Laboral, se añade un tema nuevo "Prevención de riesgos laborales. Normativa básica. Participación de los empresarios y trabajadores. Derechos y obligaciones. Formación. Consulta y participación de los trabajadores: Órganos de representación".
- En el módulo de Práctica Jurídica, añaden un tema nuevo "Escritos de denuncia: Contenido y puntos esenciales".
- El módulo de Socio-Profesional no sufre variación.
- El módulo de Técnico-Profesional tampoco varía apreciablemente.
- El módulo Instrumental no presenta cambios a excepción de que ahora las prácticas de tiro con fuego real se pueden sustituir por un videojuego de disparos que posiblemente será tal que ASÍ:
Lo dicho. Poco nuevo bajo el sol. |
| | | Lurta Usuario Veterano
Mensajes : 503 Localización : Pompaelo Habilitación : VS Profesión : VS Registro : 15/12/2011 Positivos recibidos : 31
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 8:51 | |
| - Aqualung escribió:
- ni se han establecido los trámites para que quienes ya están trabajando en dichos servicios o quienes hayan realizado cursos sobre dichas materias a lo largo del tiempo, homologuen dichos cursos.
"No obstante, al personal de seguridad privada que, a la entrada en vigor de la presente Orden, se encuentre desempeñando un servicio de seguridad de los anteriormente citados o acredite su desempeño durante un período de dos años, no le será exigible la realización del curso específico relacionado con ese servicio." |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 9:23 | |
| Pues eso... ¿Cómo acredito su desempeño?
Yo, VS que llevo más de dos años trabajando de canero, sé que no necesito ningún curso para continuar trabajando ahora mismo. Pero pasa el tiempo, cambio de servicio y pasado aún más tiempo, me vuelven a ofrecer un servicio de vigilancia con perros. ¿Tengo que conseguir un papel que acredite estoy exento del curso por haber estado trabajando con perros cuando cambio la ley? ¿No hace falta porque en el historial en las bases de datos de la Policía constan todos los servicios en que he estado dado de alta?
E incluso si es el segundo caso, esto no soluciona el caso de que yo no esté trabajando de canero, pero tenga hechos varios cursos al respecto pero que, por no existir la normativa que ha salido, no coinciden punto por punto con el temario del curso específico.
¿A quién habría que solicitar que se homologuen dichos conocimientos para que no necesitase hacer el curso? ¿O hay que hacer el curso específico sí o sí?
Si alguno sois capaces de aclararme este punto, lo agradecería. Porque en cuanto pase el shock inicial, imagino que muchos VS querran desempolvar sus viejos diplomas de cursos para evitar no poder encontrar trabajo porque no tiene el dichoso curso.
Un saludo. |
| | | Lurta Usuario Veterano
Mensajes : 503 Localización : Pompaelo Habilitación : VS Profesión : VS Registro : 15/12/2011 Positivos recibidos : 31
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 9:47 | |
| - Aqualung escribió:
Yo, VS que llevo más de dos años trabajando de canero, sé que no necesito ningún curso para continuar trabajando ahora mismo. Lo cual para mí raya en lo inconsciente (no tu ejemplo) sino el hecho de que con un simple curso teórico de diez horas, te larguen a "Cujo" por el metro en hora punta...sobre todo si el perro ha sido tan bien entrenado como el guía canino. - Aqualung escribió:
- Pero pasa el tiempo, cambio de servicio y pasado aún más tiempo, me vuelven a ofrecer un servicio de vigilancia con perros.
¿Tengo que conseguir un papel que acredite estoy exento del curso por haber estado trabajando con perros cuando cambio la ley? ¿No hace falta porque en el historial en las bases de datos de la Policía constan todos los servicios en que he estado dado de alta?
E incluso si es el segundo caso, esto no soluciona el caso de que yo no esté trabajando de canero, pero tenga hechos varios cursos al respecto pero que, por no existir la normativa que ha salido, no coinciden punto por punto con el temario del curso específico.
¿A quién habría que solicitar que se homologuen dichos conocimientos para que no necesitase hacer el curso? ¿O hay que hacer el curso específico sí o sí?
Si alguno sois capaces de aclararme este punto, lo agradecería. Porque en cuanto pase el shock inicial, imagino que muchos VS querran desempolvar sus viejos diplomas de cursos para evitar no poder encontrar trabajo porque no tiene el dichoso curso.
Un saludo. Es surrealista. ¿Qué van a hacer las unidades de SP, anotar no solo la TIP sino también el servicio y la empresa y pedir al jefe de seguridad que traiga las cartillas con los cursos sellados. De todas formas, para la gente que está en un servicio fijo sin duda podrá ser el día de mañana un problema, pero para la plantilla flotante y para las empresas mismas, puede ser el caos, si ya había problemas para que recordasen los habilitados de explosivos y los que tenían licencia de arma, no me puedo imaginar lo que debe ser eso multiplicado por catorce. |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 10:31 | |
| Hay que reconocer que los de la UCSP se han superado a sí mismos, tengo que felicitarlos por el logro que significa esta última Orden Ministerial con que han conseguido implantar un sistema de cursos específicos que ignora el principio de jerarquía normativa y contradice normas de rango superior con el único fin de beneficiar a familiares y amiguetes que además les pagan las asistencias a seminarios, charlas, bochinches, desmadres, etc. Aunque sea a costa del perjudicar gravemente a los trabajadores del sector de la seguridad privada. En estos momentos de crisis económica y un elevado índice de desempleo, cuando todas las medidas van encaminadas a facilitar la movilidad laboral, se nos imponen unas medidas que limitan la empleabilidad de los desempleados y la movilidad de los trabajadores. Se ignora por completo el reglamento impone a las empresas la obligación de garantizar la asistencia de los trabajadores a cursos de actualización o especialización con una duración mínima de 20 horas, y se pasa a prohibir trabajar a quién no haga un curso de formación específica (no contemplado en el reglamento) de una duración mínima de 10 horas, y por si eso fuera poco, cualquiera podrá impartir esos cursos, no se requiere acreditación o formación ninguna para su docencia. Aunque también es lógico, si en 10 horas tienen que impartir todo el contenido del curso de vigilancia en buques da igual que el profesor no tenga la más mínima cualificación porque sólo dará para decir cosas como “la clave de la supervivencia está en no morir”, “el agua moja y si te vas a caer prepara una toalla” (un curso más simple que el mecanismo de un chupete). Justificar todos esos cursos y rellenar temario se ve que es complicado, así que no les quedó otro remedio que centrar gran parte del contenido en materias que ya conoce el vigilante común al haberlo estudiado en el curso para la obtención de la habilitación. También se incluyen temas que son inútiles para la mayoría de los casos pero ya se conoce que el saber no ocupa lugar (y si es pagando a una academia mejor). Estaría bien que explicaran como se acredita el desempeño de esas funciones durante más de dos años, me parece que no se refleja en ninguna documentación que pueda tener el trabajador ¿No hubiera sido más sencillo exonerar de los cursos a los ejerciesen de vigilantes con anterior a la entrada en vigor de la Orden? ¡Pues no! ¡Que luego no se dejan los billetes en la academia de amigos y familiares! ¡Bravo! ¡Si señor! Cada vez se superan más. Edición - Lurta escribió:
- De todas formas, para la gente que está en un servicio fijo sin duda podrá ser el día de mañana un problema, pero para la plantilla flotante y para las empresas mismas, puede ser el caos, si ya había problemas para que recordasen los habilitados de explosivos y los que tenían licencia de arma, no me puedo imaginar lo que debe ser eso multiplicado por catorce.
¿Te acuerdas que hace poco comentabas en un post que existen normas absurdas o que no se pueden cumplir? Pues aquí tienes un ejemplo. Si dentro de un año se pone por primera vez a un vigilante en un centro comercial y viene una inspección de seguridad privada, a la empresa le basta con asegurar que el vigilante ya trabajaba en el centro comercial cuando se publicó la Orden Ministerial y a los funcionarios no les quedará otra que tragar. Edición 2 - Aqualung escribió:
- E incluso si es el segundo caso, esto no soluciona el caso de que yo no esté trabajando de canero, pero tenga hechos varios cursos al respecto pero que, por no existir la normativa que ha salido, no coinciden punto por punto con el temario del curso específico.
Mejor ponte en el peor caso, que tuvieras el curso de guía canino pero que nunca hubieras trabajado con perros. La literalidad de la norma obligaría a realizar de nuevo el curso porque ante este caso guarda total silencio. Para trabajar con perros era necesario cursar previamente un curso de guía canino y teniendo en cuenta que seguramente los cursos anteriores tengan bastante más de 10h. de duración, debe considerarse un supuesto de formación previa y considerase válido para trabajar. Esa sería una interpretación lógica bajo los principios de seguridad jurídica, pro operario (al fin y al cabo afecta al derecho al trabajo), y justicia material. Por tanto, lo más probable es que con la escasez de materia gris en la UCSP respondan justo lo contrario.
Última edición por Vindi el Mar 11 Dic 2012 - 12:16, editado 3 veces (Razón : añadir el mensaje posterior, sin utilizar la opción de edición) |
| | | RKE3 Usuario Novato
Mensajes : 4 Localización : "ni idea" Habilitación : V.S. Registro : 16/10/2012 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 11:49 | |
| Me surge una duda, aver si alguien me puede ayudar. Hice un curso en 2010 sobre proteccion portuaria, el cual contiene los temas especificos que piden en el curso de vigilancia en puertos.Mi duda es si me convalida este curso al de vig. en puertos? si me lo tienen que sellar en algun sitio?, las empresas en las que he llevado curriculum me dicen que con el de proteccion portuaria me valdria que no tendria por que hacer el de vig. en puertos. Alguien podria orientarme un poco, graciasss
Última edición por Vindi el Mar 11 Dic 2012 - 12:19, editado 1 vez (Razón : utiliza la apertura de signos de interrogación ¡es puro sentido común!) |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 12:13 | |
| - RKE3 escribió:
- Hice un curso en 2010 sobre proteccion portuaria, el cual contiene los temas especificos que piden en el curso de vigilancia en puertos.
¿Traducido al lenguaje llano significa que en el diploma no consta el temario? Solamente se exige que el curso se imparta en una academia autorizada, la duración tenga como mínimo 10 horas, y tenga los contenidos descritos en la Orden Ministerial. Cumplidos esos requisitos puedes trabajar en puertos aunque hubieras obtenido el diploma antes de publicarse la Orden. |
| | | ALFREDOG Usuario Veterano
Mensajes : 401 Localización : Zaragoza Habilitación : VS Profesión : Vigilante de seguridad Registro : 27/04/2012 Positivos recibidos : 34
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 18:43 | |
| - Lurta escribió:
Es surrealista. ¿Qué van a hacer las unidades de SP, anotar no solo la TIP sino también el servicio y la empresa y pedir al jefe de seguridad que traiga las cartillas con los cursos sellados. De todas formas, para la gente que está en un servicio fijo sin duda podrá ser el día de mañana un problema, pero para la plantilla flotante y para las empresas mismas, puede ser el caos, si ya había problemas para que recordasen los habilitados de explosivos y los que tenían licencia de arma, no me puedo imaginar lo que debe ser eso multiplicado por catorce. Completamente de acuerdo compañero , si el mundo de la seguridad privada ya era complicado , con esta modificaciones sobre la formación específica para prestar uno determinados servicios , puede ser un caos. Con esto , solo buscan recaudar y "sacarnos " dinero a los profesionales de la seguridad privada . Saludos . |
| | | colnagovs Usuario Avanzado
Mensajes : 266 Localización : MURCIA Habilitación : V.S / E.P / V.EX. Profesión : Seguridad Privada Registro : 06/08/2010 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 20:41 | |
| y que hacemos con los controladores o auxiliares??, eso como lo solucionara la nueva ley?? |
| | | billutzu Usuario Experto
Mensajes : 1589 Registro : 30/12/2011 Positivos recibidos : 61
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 20:51 | |
| - colnagovs escribió:
- y que hacemos con los controladores o auxiliares??, eso como lo solucionara la nueva ley??
¿ Y con los carpinteros ? ¿ los fresadores ? ¿ los agentes de cambio y bolsa ? ¿ Qué hacemos con ellos ? |
| | | colnagovs Usuario Avanzado
Mensajes : 266 Localización : MURCIA Habilitación : V.S / E.P / V.EX. Profesión : Seguridad Privada Registro : 06/08/2010 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 21:08 | |
| - billutzu escribió:
- colnagovs escribió:
- y que hacemos con los controladores o auxiliares??, eso como lo solucionara la nueva ley??
¿ Y con los carpinteros ? ¿ los fresadores ? ¿ los agentes de cambio y bolsa ? ¿ Qué hacemos con ellos ? vamos a ver...hago esa pregunta por que hay miles de puestos de trabajo en los que se esta prestando servicio de esa manera, controlador o auxiliar, cuando se tiene que estar de VS, y seguridad privada no dice ni hace nada al respecto, y ellos saben que se esta haciendo asi. No lo digo por otra cosa...., hay es donde tambien se tendria que mover SP....digo yo...., no entiendo esa respuesta de los carpinteros..... |
| | | billutzu Usuario Experto
Mensajes : 1589 Registro : 30/12/2011 Positivos recibidos : 61
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Mar 11 Dic 2012 - 21:31 | |
| - colnagovs escribió:
- billutzu escribió:
- colnagovs escribió:
- y que hacemos con los controladores o auxiliares??, eso como lo solucionara la nueva ley??
¿ Y con los carpinteros ? ¿ los fresadores ? ¿ los agentes de cambio y bolsa ? ¿ Qué hacemos con ellos ? vamos a ver...hago esa pregunta por que hay miles de puestos de trabajo en los que se esta prestando servicio de esa manera, controlador o auxiliar, cuando se tiene que estar de VS, y seguridad privada no dice ni hace nada al respecto, y ellos saben que se esta haciendo asi. No lo digo por otra cosa...., hay es donde tambien se tendria que mover SP....digo yo...., no entiendo esa respuesta de los carpinteros..... Vamos a ver ... el título del hilo está bastante claro, y el contenido de los posts ha de ceñirse al mismo. Por tanto tu pregunta está fuera de lugar. Y si tienes conocimiento de circunstancias de instrusismo profesional presenta la oportuna denuncia, además de postearlo si lo deseas en el hilo correspondiente |
| | | colnagovs Usuario Avanzado
Mensajes : 266 Localización : MURCIA Habilitación : V.S / E.P / V.EX. Profesión : Seguridad Privada Registro : 06/08/2010 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Miér 12 Dic 2012 - 0:07 | |
| solo queria decir que leyendo esa lista de cursos pienso tambien que es para sacarnos mas dinero a los vs, pienso igual que aqualung, como dice el compañero es a modo recaudatorio, pero ellos no mueven un dedo para eliminar el intrusismo que eso tambien hace daño al sector, de hay mi pregunta no queria poner yo, no era ni es, mi intencion poner cosas de otro post en este,.., |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Miér 12 Dic 2012 - 1:46 | |
| Esto es todavía peor de lo que parece, noche con las prisas no me fijé en el título del BOE y ahora me fijo que no es una Orden Ministerial como pensaba, sino una resolución mediante la cual se imponen a los trabajadores la obligación de superar unos cursos no previstos en la norma.
Billutzu el otro día me pedía pruebas de la comisión de un delito de prevaricación ¡Pues ahí tienes un ejemplo!
También fijaros que mediante esta resolución todos aquellos que actualmente trabajen con perros o máquinas de radioscopia sin haber superado el preceptivo curso quedan automáticamente "amnistiados" |
| | | Alfonso571 Usuario Novato
Mensajes : 39 Registro : 18/02/2011 Positivos recibidos : 0
| Tema: aaaaa Miér 12 Dic 2012 - 2:54 | |
| -E visto que para el año que viene, han cambiado el temario y las pruebas físicas para vigilante de seguridad. ¿alguien sabe si han cambiado también el examen a escolta privado? Gracias y un saludo.
Última edición por Aqualung el Miér 12 Dic 2012 - 3:51, editado 1 vez (Razón : Separar y fusionarlo a un hilo adecuado) |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Miér 12 Dic 2012 - 3:54 | |
| - Alfonso571 escribió:
- ¿alguien sabe si han cambiado también el examen a escolta privado?
Pues es tan sencillo como comparar la antigua norma con la actual (que puedes ver en este mismo hilo). Que yo vea, es todo igual salvo que se ha añadido un módulo nuevo. - Spoiler:
Módulo jurídico: Tema 1. Derecho Administrativo especial. El Escolta Privado: Naturaleza. Requisitos para la obtención de la habilitación. Tema 2. Funciones a desempeñar por el Escolta Privado. Tema 3. Porte y depósito del arma de fuego.
EDITO - Fernoked escribió:
- Esto es todavía peor de lo que parece, noche con las prisas no me fijé en el título del BOE y ahora me fijo que no es una Orden Ministerial como pensaba, sino una resolución mediante la cual se imponen a los trabajadores la obligación de superar unos cursos no previstos en la norma.
Billutzu el otro día me pedía pruebas de la comisión de un delito de prevaricación ¡Pues ahí tienes un ejemplo! No te descubro nada nuevo pero, cuando desde cualquier poder público se hace una norma jurídica, esta puede ser recurrida o suspendida por distintos medios según el tipo de norma de que hablemos. Y que va desde los recursos de inconstitucionalidad hasta la propia jurisdicción contencioso-administrativa. En cualquier caso, acudir al Código Penal por el hecho de que una norma incumpla la jerarquía normativa contradiciendo o asumiendo competencias que no le corresponderían en función de su rango, me parece que sólo se puede explicar por el inmenso "amor" que le profesas a la UCSP y sus órganos superiores . Si esta Resolución que se ampara en lo dictado a una Orden Ministerial, que se ampara en lo dictado en el RSP y este en la LSP (exactamente igual que lo que había hasta ayer) incumple la ley en cualquiera de sus puntos, hay mecanismos para recurrirla entre los que no se encuentra, en mi modesta opinión, el Código Penal. En todo caso, a mi modo de ver, lo único que podría ser tachado de irregular, pudiera ser que para añadir más cursos específicos a los que ya se contemplaban inicialmente en la [url=http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/o318-2011-int.t3.html#anexo4]Órden de 2011[url] (y que eran sólo siete), hubiesen debido modificar dicha Órden, antes de sacar la Resolución actual. Pero esto entra ya dentro de un debate estictamente jurídico que me temo, poco interés tiene para la mayoría de los presentes. Un saludo.
Última edición por Aqualung el Miér 12 Dic 2012 - 4:21, editado 5 veces (Razón : Ampliar el post) |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Miér 12 Dic 2012 - 11:36 | |
| - Aqualung escribió:
- En cualquier caso, acudir al Código Penal por el hecho de que una norma incumpla la jerarquía normativa contradiciendo o asumiendo competencias que no le corresponderían en función de su rango, me parece que sólo se puede explicar por el inmenso "amor" que le profesas a la UCSP y sus órganos superiores .
Que una resolución pueda ser anulada no implica la inexistencia de responsabilidad criminal. No existe actividad administrativa que se sustraiga al control judicial, y si la posibilidad de anular las resoluciones significase la inexistencia de delito estaríamos aceptando que el delito de prevaricación no existen en España. La resolución ésta incumple la ley, no solamente al poner más cursos de los enunciados en la Orden int/318/2011, sino también al imponer cursos de formación específica. Estos no vienen previstos en la Ley ni en el Reglamento, solamente se prevé que la empresa debe garantizar la asistencia de su personal a cursos de formación y que su duración no será inferior a 20 horas. Por tanto, nos encontramos ante una resolución injusta porque conculca la Ley y porque limita el derecho al trabajo de 200.000 ciudadanos. Lo que queda por saber es si se dicto la resolución a sabiendas de su injusticia. Si vives en un país distinto al mío en el que la ley es igual para todos, y el que dictó la resolución posee el mismo nivel de conocimiento que una infanta, aceptaré que no existe delito ¡Déjalo al pobre que es tontito! Pero si suponemos que los altos cargos del Ministerio del Interior son personas que al menos saben leer y no adolecen de un retraso mental severo, es imposible dictar una resolución así sin conocer de su ilegalidad, y por tanto se ha incurrido en un delito de prevaricación. Por lo que se ve, esos que se van a dar conferencias sobre temas que no tienen ni la más mínima idea, se creen profesores y confunden el Ministerio del Interior con el Ministerio de Educación. La LSP tiene como finalidad garantizar la prestación de servicios de seguridad sin vulnerar derechos de terceros, y no el mejorar la capacitación de los trabajadores, de eso se tienen que preocupar las propias empresas, el mercado, y los trabajadores; Con la caída del telón de acero se demostró la ineficiencia de la economía planificada que ahora la UCSP pretende implantar. P.D. El cariño que les tengo a los mandos de la UCSP es una milésima parte del que ellos profesan a los trabajadores del sector privado.
Última edición por Fernoked el Miér 12 Dic 2012 - 21:32, editado 1 vez |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Miér 12 Dic 2012 - 15:28 | |
| - Fernoked escribió:
- Spoiler:
- Aqualung escribió:
- En cualquier caso, acudir al Código Penal por el hecho de que una norma incumpla la jerarquía normativa contradiciendo o asumiendo competencias que no le corresponderían en función de su rango, me parece que sólo se puede explicar por el inmenso "amor" que le profesas a la UCSP y sus órganos superiores .
Que una resolución pueda ser anulada no implica la inexistencia de responsabilidad criminal. No existe actividad administrativa que se sustraiga al control judicial, y si la posibilidad de anular las resoluciones significase la inexistencia de delito estaríamos aceptando que el delito de prevaricación no existen en España. La resolución esta incumple la ley, no solamente al poner más cursos de los enunciados en la Orden int/318/2011, sino también al imponer cursos de formación específica. Estos no vienen previstos en la Ley ni en el Reglamento, solamente se prevé que la empresa debe garantizar la asistencia de su personal a cursos de formación y que su duración no será inferior a 20 horas. Por tanto, nos encontramos ante una resolución injusta porque conculca la Ley y porque limita el derecho al trabajo de 200.000 ciudadanos. Lo que queda por saber es si se dicto la resolución a sabiendas de su injusticia. Si vives en un país distinto al mío en el que la ley es igual para todos, y el que dictó la resolución posee el mismo nivel de conocimiento que una infanta, aceptaré que no existe delito ¡Déjalo al pobre que es tontito! Pero si suponemos que los altos cargos del Ministerio del Interior son personas que al menos saben leer y no adolecen de un retraso mental severo, es imposible dictar una resolución así sin conocer de su ilegalidad, y por tanto se ha incurrido en un delito de prevaricación. Por lo que se ve, esos que se van a dar conferencias sobre temas que no tienen ni la más mínima idea, se creen profesores y confunden el Ministerio del Interior con el Ministerio de Educación. La LSP tiene como finalidad garantizar la prestación de servicios de seguridad sin vulnerar derechos de terceros, y no el mejorar la capacitación de los trabajadores, de eso se tienen que preocupar las propias empresas, el mercado, y los trabajadores; Con la caída del telón de acero se demostró la ineficiencia de la economía planificada que ahora la UCSP pretende implantar. P.D. El cariño que les tengo a los mandos de la UCSP es una milésima parte del que ellos profesan a los trabajadores del sector privado. Doy por hecho que con tanto cachondeo, y teniendo tan claras semejantes acusaciones, todo esto no se va a quedar en un foro y pronto nos traerás noticias frescas sobre como van tus gestiones demandantes; espero no equivocarme, de lo contrario me gustaría que calmes el nervio con este tema de inmediato. Ateniéndonos al objetivo del respeto como norma principal que establecemos en el foro, me estás pareciendo extremadamente improcedente con tu reiterada actitud. |
| | | Lt2 Usuario Iniciado
Mensajes : 82 Registro : 26/09/2011 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 0:54 | |
| Queda claro las normas del foro así como la postura de los administradores pero al margen de las posibles descalificaciones creo que esa opinión de fernoked la compartimos muchos. |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 3:04 | |
| - Lt2 escribió:
- Queda claro las normas del foro así como la postura de los administradores pero al margen de las posibles descalificaciones creo que esa opinión de fernoked la compartimos muchos.
Pues mi opinión y postura, como simple usuario y no como administrador, es que si bien a Fernoked le asiste buena parte de razón en lo esencial, acostumbra a cargar las tintas contra la UCSP de forma un tanto pasional, a veces hasta la exageración, llegando rápidamente a unas conclusiones jurídicas tremendistas que, si bien se sostienen bien en un foro, dudo mucho que aguantaran un asalto en los tribunales de verdad. Acusar de prevaricación en este caso, a mi personalmente me parece exagerado, pero no hay por que discutir, si uno tiene conocimiento cierto de que se está cometiendo un delito ¡ya sabe lo que tiene que hacer! ¿no? ¡pues al tajo! |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 3:41 | |
| - Fernoked escribió:
- La resolución ésta incumple la ley, no solamente al poner más cursos de los enunciados en la Orden int/318/2011, sino también al imponer cursos de formación específica. Estos no vienen previstos en la Ley ni en el Reglamento, solamente se prevé que la empresa debe garantizar la asistencia de su personal a cursos de formación y que su duración no será inferior a 20 horas. Por tanto, nos encontramos ante una resolución injusta porque conculca la Ley y
porque limita el derecho al trabajo de 200.000 ciudadanos. Si es que, salvo por lo tachado, estoy al 100% de acuerdo contigo. Y si no fuese porque de entre todas las cosas que están mal en la seguridad privada, esta me parece de las menos importantes, haría de ello uno de mis caballos de batalla personales. - Fernoked escribió:
- Pero si suponemos que los altos cargos del Ministerio del Interior son personas que al menos saben leer y no adolecen de un retraso mental severo, es imposible dictar una resolución así sin conocer de su ilegalidad, y por tanto se ha incurrido en un delito de prevaricación.
En esto ya, si que no estoy en absoluto de acuerdo. Y a modo personal, te recomendaría que el mejor lugar para denunciar un delito es el Juzgado de Guardia. Y esto lo estoy diciendo sin ningún tipo de ironía o de sarcasmo. Esto es un foro público y aunque la libertad de expresión es un derecho fundamental que en multitud de ocasiones (y por decir cosas mucho más gordas que las que has dicho aquí), ha sido primado por los jueces, máxime cuando se realiza como crítica a los poderes públicos. Acusar de un delito no es algo que debamos tomarnos a la ligera y, puesto que existen múltiples mecanismos legales para, modificar o derogar leyes injustas o que no se ajustan a la ley (y si no, a ver por qué modificaron la ley catalana que daba a los VS de transportes la condición de agentes de la autoridad...) opino que deberíamos primar el principio de subsidiariedad del Código Penal y reservarlo para cuando no hay otro remedio. Si yo opino que una ley es injusta o chapucera la criticaré usando todos los argumentos que yo crea necesarios (y a tí precisamente, no te faltan los argumentos), pero salvo que tenga pruebas de la comisión de un delito (en cuyo caso lo último que haría sería decirlas en un foro público) me procuraré abstenerme de valorar si algo es delito o no. Por supuesto, esto es sólo mi forma personal de participar en el foro pero... Pero puesto que además, me toca hacer de moderador de este foro y de acuerdo con el modo de llevar el mismo por parte de todo el equipo de administración, emplazaría a todos que cuando tengais constancia de un delito, lo denunciéis en las instancias adecuadas. Pero no pongais al foro y a su equipo de administración en compromiso. Un saludo |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 3:51 | |
| Comprendo y acepto que desde la moderación del foro se llame la atención en ciertos momentos, aunque sea únicamente para curarse en salud y cubrir lo que la jurisprudencia ha exigido en casos de delitos contra el honor por internet. Precisamente por eso evito en todo momento nombrar a nadie y así no comprometer a la web (se dice el pecado pero no el pecador). Así que expreso mi opinión y también evito ser políticamente correcto, pues es incompatible con tener opinión, hablar mucho y no decir nada. Merry, se nota que no sueles ver muchas telenovelas porque decir que soy exageradamente pasional... ¡Y yo esforzándome en ser comedido! Tendría que presentarte a la choni de una amiga mía y sabrías lo que es ser excesivamente pasional ja,ja,ja,ja En los tribunales se puede sostener de todo, hasta lo más absurdo, a cada momento sale en la prensa ejemplos de lo más variado; pero como tengo muy claro que en España la justicia no es igual para todos (por mucho que lo diga el único que es intocable por la justicia ¡Manda webs!) le dejo las denuncias y querellas a quién tenga medios y ganas para cargar contra molinos de viento. |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 4:04 | |
| - Fernoked escribió:
- ...Merry, se nota que no sueles ver muchas telenovelas porque decir que soy exageradamente pasional... ¡Y yo esforzándome en ser comedido! Tendría que presentarte a la choni de una amiga mía y sabrías lo que es ser excesivamente pasional ja,ja,ja,ja
¡Tu ya me entiendes! ¡a que si! |
| | | Lt2 Usuario Iniciado
Mensajes : 82 Registro : 26/09/2011 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 4:06 | |
| Si los que mueven los hilos hiciesen las cosas como dios manda no estaríamos criticando tanto su mal hacer y una cosa es ir a los tribunales con toda la justicia del mundo de tu parte y otra distinta que ellos te den la razón o no acaben haciendo lo que les venga en gana. Las meteduras de pata de la UCSP son muchas es normal que a algunos se nos acabe la paciencia. |
| | | xvr66 Usuario Novato
Mensajes : 21 Habilitación : Convocatoria 87 Profesión : En el paro Registro : 29/08/2011 Positivos recibidos : 1
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Jue 13 Dic 2012 - 6:30 | |
| Mucho me temo que la nueva ley de seguridad privada que dicen que se esta preparando, cocinando, o en la despensa o a saber donde, va a ser de lo mas. Y ojala me equivoque. |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Vie 14 Dic 2012 - 5:54 | |
| Viendo que la UCSP ya ha levando la veda sobre el personal habilitado parece necesario saber que obligaciones tiene el vigilante en caso de ser requerido en una de esas inspecciones que previsiblemente se cebaran con casi total exclusividad en los vigilantes de seguridad (a más de uno los ojos le van a hacer chiribitas pensando en las estadísticas). El vigilante de seguridad se encuentra obligado a colaborar con los agentes que actúen en labores de inspección, a la vez que también se encuentra obligado a portar y mostrar la TIP. Lo que no está obligado es a portar el certificado de ningún curso, ni siquiera se encuentra obligado a conservar tal certificado ¿Entonces cómo pueden saber los funcionarios si hemos realizado esos cursos de juguete? Pues a través de la cartilla profesional que se encuentra depositada en la empresa.
Entonces cuando llega el momento de comprobar las cartillas surgen los problemas, a las empresas no se les puede obligar a mostrar las cartillas de los vigilantes, no se contempla sanción alguna en tal supuesto. Se puede negar y no es una conducta sancionable, hasta poniéndose brava se puede negar a entregar la cartilla al vigilante hasta que éste no cese en la empresa. Y es aquí cuando el problema se traslada al trabajador ¿Entenderán las unidades provinciales que la negativa de la empresa a entregar la cartilla es base para sancionar al vigilante por negarse a colaborar?
Se puede prever que las empresas pongan dificultades a la actividad inspectora, ya que a priori, en caso de prestarse servicios por trabajadores cumplan los requisitos de formación específica, quién incumple la "normativa" es la empresa de seguridad, que es quién realmente presta los servicios y a quièn contrata el cliente. ¿Qué harán los funcionarios? ¿Cargar contra la empresa o cargar contra el trabajador? carguen contra quién carguen pueden encontrarse con los inconvenientes expuestos: La empresa puede negarse a colaborar para que no la sancionen, y a los vigilantes solamente pueden sancionarlos con una interpretación bastante torcida de las "normas" (que tampoco es nada raro viendo lo que han estado haciendo). |
| | | Lurta Usuario Veterano
Mensajes : 503 Localización : Pompaelo Habilitación : VS Profesión : VS Registro : 15/12/2011 Positivos recibidos : 31
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Dom 16 Dic 2012 - 3:18 | |
| A mí, al hilo de todo esto, me ha surgido una duda. ¿Puede ahora la empresa obligarte a realizar un servicio para el que no tengas el preceptivo curso, por ejemplo el de centros comerciales? ¿Cuál es el mecanismo legal para negarte a hacerlo? (hablo en general, pongamos un servicio con perro sin curso o un servicio de vigilante de explosivos sin la tip) |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Dom 16 Dic 2012 - 4:45 | |
| - Lurta escribió:
- A mí, al hilo de todo esto, me ha surgido una duda. ¿Puede ahora la empresa obligarte a realizar un servicio para el que no tengas el preceptivo curso, por ejemplo el de centros comerciales? ¿Cuál es el mecanismo legal para negarte a hacerlo? (hablo en general, pongamos un servicio con perro sin curso o un servicio de vigilante de explosivos sin la tip)
En el caso del Vigilante de Explosivos, en mi opinión estaría claro. Infracción grave contra la Ley de Seguridad Privada: - Spoiler:
Infracciones graves: ................. c. La realización de funciones que excedan de la habilitación obtenida por la empresa de seguridad o por el personal a su servicio, o fuera del lugar o del ámbito territorial correspondiente, así como la retención de la documentación personal.
d. La realización de los servicios de seguridad sin formalizar o sin comunicar al Ministerio del Interior la celebración de los correspondientes contratos.
e. La utilización en el ejercicio de funciones de seguridad de personas que carezcan de cualesquiera de los requisitos necesarios. http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l23-1992.html#a22
En mi opinión personal, se les podría sancionar tanto por el epígrafe c) como por el e). Ahora bien. En los otros casos (centros comerciales, servicios con perro, etc...), personalmente lo veo bastante más complicado. Un saludo. |
| | | Fernoked Usuario Avanzado
Mensajes : 286 Habilitación : VS - VEx - Escolta Registro : 13/12/2010 Positivos recibidos : 63
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Dom 16 Dic 2012 - 5:18 | |
| Con carácter general el poder de dirección del empresario le faculta para encomendar al trabajador las tareas que considere oportunas para su actividad empresarial. Y con carácter general el trabajador displicente con dichas órdenes debe primero cumplirlas y posteriormente presentar la oportuna reclamación donde competa.
Existen ciertas excepciones, entre ellas la de recibir una orden manifiestamente ilícita, como la de ejercer funciones para las que se carece de habilitación (como comentó Aqualung) y que además puede acarrear al trabajador la imposición de una sanción administrativa de graves consecuencias económicas. Pero tal capacidad de desobediencia es solamente admisible en esos supuestos patentes y claros de ilegalidad, puesto que el trabajador no puede pretender erigirse en juez y valorar pormenorizadamente la ilicitud de la orden empresarial.
Por ello, la encomienda de servicios para los que se carezca de los cursos requeridos por órdenes ministeriales baratas y resoluciones chapuceras, no aparenta ser causa legal de oposición. Máxime cuando ni queda claro cuál sería el sujeto responsable de la supuesta infracción, ni tampoco si los hechos mismos son constitutivos de infracción administrativa.
Para ejercitar la negativa no existe cauce legal alguno, basta con la manifestación; siendo recomendable actuar con la debida diligencia en la comunicación de la decisión, y procurar asegurar la prueba de los hechos ante un eventual expediente sancionador contra el trabajador. |
| | | camoga Usuario Novato
Mensajes : 6 Localización : Santiago de Compostela Registro : 12/09/2012 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Vie 21 Dic 2012 - 2:38 | |
| Entonces, los que acabamos de obtener la TIP, y aun no hemos trabajado como Vigilantes,¿ tenemos que hacer los distintos cursos para poder trabajar? ó¿Podriamos empezar a trabajar sin haber realizado eses cursos?
Es que no tengo claro que hacer si me llaman para trabajar como Vigilante, por que ha saber cuando las academias empiezan a realizar los cursos. |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Vie 21 Dic 2012 - 2:44 | |
| - camoga escribió:
- ...no tengo claro que hacer si me llaman para trabajar como Vigilante...
Mi consejo sincero: Si te llaman para trabajar, no te rompas el coco, pon una vela de agradecimiento a San Judas Tadeo (Patrón de las situaciones desesperadas o imposibles) y ¡vete echando leches! que una vez trabajando, ya te dirán en la empresa si tienes que hacer tal o cual curso, como te estés a pensar si son galgos o podencos ¡llegará otro y te quitará el puesto! |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Vie 21 Dic 2012 - 4:50 | |
| - camoga escribió:
- Entonces, los que acabamos de obtener la TIP, y aun no hemos trabajado como Vigilantes,¿ tenemos que hacer los distintos cursos para poder trabajar? ó¿Podriamos empezar a trabajar sin haber realizado eses cursos?
En mi opinión, la posible responsabilidad de que el VS que está en un determinado servicio, cumpla con todos los requisitos necesarios, es la empresa de seguridad. En todo caso, todo este tema está en pañales. Esta Resolución ya ha entrado en vigor y las academias no han podido preparar los cursos y nadie sabe cómo ni de que manera comprobar quién tiene un curso que se considere equivalente a los requeridos ni a partir de qué momento alguien podría ser sancionado por no tenerlos. En todo caso, a mi modo de ver, si una empresa te contrata, ya se preocuparán ells de que tengas los cursos que les exijan. Un saludo. |
| | | Jodi74 Usuario Novato
Mensajes : 43 Registro : 15/10/2012 Positivos recibidos : 1
| Tema: duda sobre los 14 modulos nuevos Sáb 29 Dic 2012 - 2:03 | |
| Me acaba de decir un antiguo compañero de curso que le han dicho en la academia que a partir del año que viene por cada curso (modulo nuevo) que han salido y que se haga hay que examinarse de dicho curso por la policía nacional al igual que con los cursos de vigilante de seguridad y sus especialidades. Sabe alguien si esto es cierto?, porque de ser así me parece una poca vergüenza, no les basta con tener uno/a que examinarse del curso de formación para aspirantes que encima también hay que examinarse por cada curso (modulo) nuevo que se haga. Por favor que alguien me saque de dudas.
Última edición por Aqualung el Sáb 29 Dic 2012 - 6:24, editado 3 veces (Razón : Fusionado al hilo ya existente) |
| | | foxter Usuario Novato
Mensajes : 23 Registro : 18/06/2012 Positivos recibidos : 5
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Sáb 29 Dic 2012 - 2:33 | |
| ¿Pero tú te has leido la resolución? ya estamos con el corre ve y dile.
En ella pone que hay 14 especialidades y cada una de ellas no puede ser inferior a 10 horas de curso, y que estos cursos según la página 2 en el último parrafo deberán ser supervisados y revisados por la unidad de Seguridad privada.
Vamos y a falta de que lo afirmen los estamentos pertinentes, entiedo que igual que se pasa un listado con lo asistentes a un curso de Vigilante de Seguridad y sus especialidades a la Unidad de Seguridad Privada de la provincia donde se vaya hacer el curso, pues de igual forma tendrán que hacer las academias con estos nuevos cursos de especialidades, y que si se presentan hacer una inspección y no estás presente te invaliden el curso que sería lo correcto. Pero bueno ya veremos lo que ocurre.
Un saludo. |
| | | Jodi74 Usuario Novato
Mensajes : 43 Registro : 15/10/2012 Positivos recibidos : 1
| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización Sáb 29 Dic 2012 - 4:46 | |
| Pues muchas gracias foxter, yo creo que como hoy es el dia delos inocentes le han tomado el pelo a mi compañero, un saludo. |
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| Tema: Re: Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización | |
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| | | | Modificación de los módulos de formación para el personal de Seguridad Privada, así como los cursos de especialización | |
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