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| Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad | |
| Autor | Mensaje |
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tata Usuario Baneado
Mensajes : 2707 Profesión : v.s Registro : 09/04/2009 Positivos recibidos : 55
| Tema: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 4:42 | |
| Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Se establece la responsablidad del titular del vehículo de las infracciones por el impago de los peajes. LM/AGENCIAS 2013-01-02 Desde ayer, el personal encargado de la vigilancia de las autopistas de peaje está obligado a denunciar el impago de los peajes y su testimonio tendrá "valor probatorio" en caso de juicio. Así queda recogido en una modificación de la Ley de Seguridad Vial y de la Ley de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión, publicada el pasado 28 de diciembre, según informa la organización de defensa de los conductores, Automovilistas Europeos Asociados (AEA), que advierte que "algunos de los cambios introducidos, además de pretender evitar el impago de los peajes en las actuales autopistas, están orientados a exigir el cobro de nuevas exacciones por el uso de las autovías". En este sentido, AEA señala la nueva redacción dada al Art. 18 de la Ley de Seguridad Vial en el que se puede leer lo siguiente: «La circulación por autopistas o autovías sujetas a peaje, tasa o precio público requerirá el pago del correspondiente peaje, tasa o precio público.» Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, "esta modificación no se justifica por el hecho de querer evitar el impago de los peajes en las autopistas, para lo cual ya existen hoy medidas legales suficientes, ya que lo que realmente se pretende con ello es abrir, por la puerta de atrás, la posibilidad de cobrar por el uso de unas infraestructuras que los automovilistas ya hemos pagado con creces". No pagar el peaje ya está sancionadoEn efecto, la legislación española ya establece mecanismos jurídicos para combatir el impago de los peajes en las autopistas de pago al considerar tal hecho "desde una falta de estafa tipificada en el Código Penal a una infracción administrativa al Art. 144 del Reglamento General de Circulación,
siendo sancionable con multa de hasta 100 euros, dependiendo las circunstancia en que se produzca", según señala Arnaldo. "Y si lo que se quería realmente era reforzar el valor probatorio de las denuncias formuladas por los empleados de las autopistas ante los caso de impago, no era necesario ampliar este supuesto a las autovías", concluye el presidente de AEA. Los usuarios de la autopistas obligados a pagar peajeEntre los principales cambios recientemente introducidos en la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión, se encuentra: 1º) la obligación de los usuarios de las autopistas de abonar el importe del peaje que corresponda según la tarifa aprobada; 2º) considerar como infracción administrativa la circulación por esta vías sin abonarlo y 3º) la tramitación de las denuncias que formulen por este motivo tanto los agentes de policía encargados de la vigilancia del tráfico como el personal de la autopista conforme a la normativa de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Los empleados de las autopistas, "autoridades temporales"Igualmente se establece que "El personal encargado de la vigilancia de la autopista, en ausencia de los agentes públicos competentes, y cuando por la excepcionalidad de la situación se requiera, podrá adoptar las disposiciones necesarias en orden a la regulación y ordenación del tráfico formulando, en su caso, las denuncias procedentes conforme a la normativa de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, y quedando investidos temporalmente de carácter de autoridad. Las denuncias formuladas por el personal de la empresa concesionaria tendrán valor de medio de prueba para acreditar los hechos denunciados." Denuncias por fotoEn el caso de autopistas que tengan implantado el sistema de peaje dinámico o telepeaje, para acreditar los hechos infractores podrá utilizarse "cualquier sistema o medio técnico, mecánico o de reproducción de imagen que identifique a los vehículos". Por último se establece la responsablidad del titular del vehículo de las infracciones por el impago de los peajes de las vías caso de que no se identifique expresamente al conductor infractor. http://www.libremercado.com/2013-01-02/interior-convierte-a-los-empleados-de-las-autopistas-en-agentes-de-autoridad-1276478222/ |
| | | Trono Usuario Novato
Mensajes : 34 Habilitación : Vigilante de Seguridad. Director de Seguridad Registro : 29/12/2012 Positivos recibidos : 10
| Tema: Re: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 4:53 | |
| Lo del MIR no tiene nombre. Ahora, como se trata de recaudar fondos, no les tiembla el pulso a la hora de modificar una ley, aunque para ello se tengan que saltar a la torera la legislación vigente.
Sin intención de reabrir un debate sobre el tema recurrente por excelencia,¿qué excusa pondrán ahora para seguir argumentando que, esto mismo que para otros trabajadores privados sí es posible, no lo es para nosotros?
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| | | tanatos Usuario Iniciado
Mensajes : 197 Registro : 03/07/2012 Positivos recibidos : 15
| Tema: Re: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 6:18 | |
| la verdad es que hay leyes que de la noche para la mañana aparecen, otras tardan meses porque necesitan unos tramites cada dia entiendo menos a estos politicos.
Lo de nonbrarlos agentes de autoridad es una baja de pantalones por parte del gobierno ante las consecionarias de autopistas, que claro como tienen menos vehiculos, dicen que tienen perdidas, quieren una compensacion, y el gobienro en lugar de pagar le pasa la pelota a los empleados de autopistas, ale a pelearnos entre nosotros mientras ellos miran desde la grada.
La verdad es que me parece que estos trabajadores estaran flipando, vale ahora su palabra vale mas y pueden poner multas, pero como agentes de la autoridad tendran unas obligaciones,si ven que alguien comete un delito tendra que hacer algo mas que llamar a la policia como un ciudadano normal, increible cada dia una sorpresa, que tocara mañana. |
| | | Lurta Usuario Veterano
Mensajes : 503 Localización : Pompaelo Habilitación : VS Profesión : VS Registro : 15/12/2011 Positivos recibidos : 31
| Tema: Re: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 7:52 | |
| - tanatos escribió:
Lo de nonbrarlos agentes de autoridad es una baja de pantalones por parte del gobierno ante las consecionarias de autopistas, que claro como tienen menos vehiculos, dicen que tienen perdidas, quieren una compensacion, y el gobienro en lugar de pagar le pasa la pelota a los empleados de autopistas, ale a pelearnos entre nosotros mientras ellos miran desde la grada. Cuando los italianos se despertaron un día y se enteraron que el presidente de la República y el principal capo de la mafia eran la misma persona (por eso, en parte, seguían votando a Berlusconi, no era de la mafia en un sentido estricto) también se enteraron que el principal negocio de la mafia en todo el norte del país no era ni la droga, ni la prostitución, ni los edificios, sino la red de autopistas de peaje con la que de paso sobornaban a toda la casta política. ¿Alguien cree que aquí es muy diferente? - tata escribió:
Los empleados de las autopistas, "autoridades temporales"
Igualmente se establece que "El personal encargado de la vigilancia de la autopista, en ausencia de los agentes públicos competentes, y cuando por la excepcionalidad de la situación se requiera, podrá adoptar las disposiciones necesarias en orden a la regulación y ordenación del tráfico formulando, en su caso, las denuncias procedentes conforme a la normativa de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, y quedando investidos temporalmente de carácter de autoridad. Las denuncias formuladas por el personal de la empresa concesionaria tendrán valor de medio de prueba para acreditar los hechos denunciados."
Es decir que un trabajador (pongamos por caso a un ciudadano moldavo con un contrato de 24 horas y con cincuenta condenas por extorsión y estafa, que no sabe ni una palabra de español, ni del código de circulación, ni la normativa de tráfico) va a poder formular denuncias en materia de tráfico y con presunción de veracidad. |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 10:34 | |
| Pongo el enlace a la ley que ha producido la modificación en la "Ley de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión": http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l17-2012.html#df3 - Spoiler:
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA. Modificación de la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión.
Uno. Con efectos de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 8/1972, de 10 de mayo, de construcción, conservación y explotación de las autopistas en régimen de concesión:
a) El artículo 14 quedará redactado como sigue:
Artículo 14.
1. El concesionario de la autopista tiene derecho a percibir de los usuarios de la vía, por la utilización de las instalaciones viarias, el peaje que corresponda por aplicación de las tarifas aprobadas.
2. Los usuarios de las autopistas vendrán obligados a abonar el importe del peaje que corresponda según la tarifa aprobada. El impago del peaje por parte del usuario constituye una infracción administrativa que será objeto de la correspondiente sanción conforme a la normativa de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, Texto Articulado aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, previa denuncia por los agentes de policía encargados de la vigilancia del tráfico o del personal del concesionario.
3. El personal de la sociedad concesionaria de la autopista denunciará el impago del peaje del presunto infractor, pudiendo solicitar el auxilio de la autoridad pública encargada de la vigilancia del tráfico en casos de resistencia a la identificación por parte del usuario.
4. La denuncia deberá reunir los requisitos suficientes en relación con la identidad y elementos constitutivos de la infracción y tendrá valor probatorio.
5. Antes de la entrada en servicio de cualquiera de los tramos que componen la autopista, el concesionario deberá constituir la fianza de explotación en las condiciones establecidas en los pliegos de concesión y en cuantía no inferior al 2 % de la inversión total de cada tramo en servicio.
b) El artículo 29 quedará redactado como sigue:
Artículo 29.
1. El concesionario de la autopista y su personal deberán cuidar la perfecta aplicación de las normas y reglamentos sobre uso, policía y conservación de la autopista concedida.
2. El personal encargado de la vigilancia de la autopista, en ausencia de los agentes públicos competentes, y cuando por la excepcionalidad de la situación se requiera, podrá adoptar las disposiciones necesarias en orden a la regulación y ordenación del tráfico formulando, en su caso, las denuncias procedentes conforme a la normativa de tráfico, circulación de vehículos y seguridad vial, y quedando investidos temporalmente de carácter de autoridad. Las denuncias formuladas por el personal de la empresa concesionaria tendrán valor de medio de prueba para acreditar los hechos denunciados.
3. En las autopistas que tengan implantado el sistema de peaje dinámico o telepeaje, para acreditar los hechos podrá utilizarse, previa homologación por la Administración, cualquier sistema o medio técnico, mecánico o de reproducción de imagen que identifique a los vehículos, que constituirá medio de prueba suficiente en la denuncia que formule el personal de la empresa concesionaria, debidamente autorizado al efecto, en el procedimiento sancionador por infracción de la obligación relativa a la utilización de estos sistemas contenida en el artículo 53.1 del Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Dos. Con efectos a partir de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida se introduce un tercer apartado en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial con el siguiente contenido:
3. La circulación por autopistas o autovías sujetas a peaje, tasa o precio público requerirá el pago del correspondiente peaje, tasa o precio público.
Tres. Con efectos a partir de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida se modifica el apartado g) del artículo 69.1 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, que quedará redactado del siguiente modo:
El titular o el arrendatario, en el supuesto de que constase en el Registro de Vehículos, será responsable de las infracciones por estacionamiento o de impago de los peajes de las vías que lo tengan regulado salvo en los supuestos en que el vehículo tuviese designado un conductor habitual o se indique un conductor responsable del hecho.
Sobre la modificación de la Ley de Seguridad Vial no he encontrado nada.
Bueno... Siempre está bien saber que es tan fácil como introducir una modificación en una Ley de Presupuestos Generales, para otorgar la condición de agente de la autoridad aunque sea temporalmente. Bueno... ¿Qué tal llevamos todos la 1/92 para cuando nos permitan proponer sanciones contra la ley de Seguridad Ciudadana?... |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: Interior convierte a los empleados de autopistas en agentes de autoridad Sáb 5 Ene 2013 - 11:29 | |
| ¡Como! pero entonces... ¿no se abren los cielos y se desencadena el apocalipsis? ¿no hay que convertir a los encargados de autopistas en policías ni darles una pistola las 24 horas del día para que siembren el terror como pequeños clones de Harry el sucio? ¿ni siquiera hay que reformar la constitución? ¡que decepción! mira tu si después de todo lo que uno ha escuchado, al final ¡va a resultar que no es tan difícil! ¡que solo hace falta la voluntad política para hacerlo! Si cobrar las autopistas es tan importante que merece tomar estas medidas, ¡a ver ahora como se justifica la "absoluta imposibilidad" de que los vigilantes de seguridad sean considerados agentes de la autoridad en lo que respecta a los bienes y personas de cuya protección están encargados! ¿eso es menos importante que pagar el peaje? ¿no merece el esfuerzo de modificar la ley? ¿o es que esa parte, la de los vigilantes, la recibió Moisés en el monte Sinaí, grabada en piedra y tocarla es sacrilegio según el Sanedrín? ¡debe ser eso! |
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