El día 26 de Diciembre de 2008 APROSER demandó a las Patronales FES, AMPES, ACAES, y a los Sindicatos FES-UGT, CC.OO, USO y CIG sobre impugnación del Convenio Colectivo, al considerar la ruptura del equilibrio económico y el grave perjuicio que ello ha supuesto para las empresas afectadas por el incremento de costes añadidos y claramente oneroso respecto al acuerdo inicialmente alcanzado con los incrementos que en el mismo se pactaron en un contexto de negociación global, esto es debido a la aclaración de Sentencia que en su día dictaminó que el valor de la hora extra debía ser igual o superior a la hora ordinaria.
Por todo esto es el motivo de determinar APROSER la nulidad del Convenio Colectivo en lo relativo a las cláusulas de contenido económico al objeto según ellos de compensar el detrimento económico producido a sus empresas.
Con respecto a la Demanda de Impugnación planteada por la Patronal APROSER, cuyo juicio se celebrará el día 31 de Marzo de 2009 a las 10:00 h. en la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el Suplico de la misma textualmente refleja lo siguiente:
“… se declare la nulidad del Convenio Colectivo impugnado, en lo relativo a las cláusulas de contenido económico y la consecuente aplicación de las condiciones económicas existentes con anterioridad al mismo…”
Esta petición supondrá si se estimara dicha demanda que los trabajadores tendrían los salario del convenio anterior al denunciado actualmente. De todas maneras hasta que se haga efectiva la sentencia y sea firme pueden transcurrir cerca de dos años, lo cual, lógicamente es un paso importante para contrarrestar la negociación, pues no se sabe a ciencia cierta que tablas salariales son las de partida para la negociación del futuro convenio.
Un saludo.