ALMUÑÉCAR (GRANADA), 4 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) ha tomado la decisión de obligar a las discotecas, salas de fiesta, pubs, discotecas de juventud y bares con música con aforos autorizados superior a 300 personas a disponer de un servicio de vigilancia prestado por vigilantes de seguridad que se integren en empresas autorizadas e inscritas en el Ministerio del Interior, durante todo el horario de funcionamiento de la actividad, y con una dotación mínima de vigilantes en función del aforo autorizado para cada establecimiento.
La medida del Ayuntamiento se ha tomado por los informes emitidos por la Policía Local, relativos a los problemas de orden público que se producen durante los fines de semana en las puertas de los locales disco-pubs existentes en el municipio almuñequero, "y que en algún momento pudieran derivar en una desgracia personal", por lo que se indica la conveniencia de dotar a estos establecimientos de un servicio de vigilancia, informó el Consistorio en una nota.
En este sentido, la Ley obliga a estos establecimientos a contratar a un vigilante si su negocio tiene un aforo autorizado de 300 a 450 personas; dos vigilantes cuando tengan de 451 a 750; y tres cuando tengan de 751 a 1000 personas, teniendo en cuenta que cuando el establecimiento tenga una ocupación superior a 1.000 personas, deberá incrementarse esta dotación del servicio de vigilancia en un vigilante más por cada fracción de 1.000 personas de ocupación.
La Concejalía de Actividades ha tomado cartas en el asunto para evitar en lo posible que sigan produciéndose altercados de orden público en la entrada de discotecas y salas de fiesta, debido al horario de cierre establecido para este tipo de establecimientos, proponiendo a la Junta de Gobierno Local la aprobación de una propuesta de acuerdo.
En primer lugar, se requerirá a los establecimientos públicos de actividades recreativas ubicados en el municipio, con un aforo autorizado superior a 300 personas, para que en un plazo improrrogable de 15 días, acrediten mediante la aportación del correspondiente contrato suscrito con empresa de seguridad autorizada e inscrita en el Ministerio del Interior, que tienen contratado el preceptivo Servicio de Vigilancia.
En segundo lugar se ha acordado apercibir a los titulares de estos establecimientos por el hecho de no disponer del preceptivo servicio de vigilancia, que será considerado como una falta grave, que puede ser sancionada mediante la imposición de multa (de 300,51 euros a 30.050,61), tal y como se establece en la Ley 13/99, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, pudiendo llevar aparejada, sin perjuicio de las sanciones pecuniarias previstas, la suspensión de las licencia municipales de apertura y clausura de los establecimientos.
Se dará también traslado del informe de la Policía Local a la Delegación de Gobierno en Granada de la Consejería de Gobernación, como Consejería competente en materia de espectáculos públicos, para que se inste al resto de establecimientos destinados a la actividad de discoteca con aforo inferior a 300 personas, a disponer de un servicio de vigilancia como mínimo formado por un vigilante de seguridad, todo ello debido a las circunstancias de especial riesgo "que vienen produciéndose como consecuencia de las peleas que se producen en la entrada de estos establecimientos y que pudieran derivar en algún momento en desgracias personales".
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el pasado lunes 2 de marzo, acordó aprobar en su totalidad, y por unanimidad de los asistentes, los tres puntos anteriores, relativos a la propuesta presentada por la Concejalía de Actividades del Ayuntamiento de Almuñécar sobre la conveniencia de instaurar obligatoriamente un servicio de vigilancia en los establecimientos de ocio del municipio con un aforo autorizado a partir de 300 personas, según establecen las leyes vigentes.
http://www.europapress.es/andalucia/noticia-ayuntamiento-almunecar-obligara-locales-nocturnos-ocio-tener-vigilantes-seguridad-autorizados-20090304192342.html