AL MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACION
D. Juan Antonio Bejarano Jiménez con D.N.1. 5906678 W en representación del Sindicato Alternativa Sindical, con domicilio calle Pajaritos, 13 2º 28007 Madrid, Teléfono 91 4340986, fax.- 914340987.
D Julio Aguado Dorrego con D.N.I.- 3444827 W como Miembro de la Ejecutiva Nacional de la Sección Sindical de Seguridad Privada del Sindicato Central Sindical Independiente (CSI-F), con domicilio Calle Maudes, nº 15 1º Madrid 28003 Teléfono 607080722 Fax 921461477.
D. José Mª Izquierdo López, Como Secretario General del SIPVS-C, (Sindicat Independent Professional de Vigilancia i Serveis de Catalunya), con domicilio en Avda. Portal de I'Angel, 38 3º de Barcelona 08002 Te!' 935177715 Fax 935177900.
D. Salvador Sánchez Regalado, como Secretario General de SPS (Sindicato Profesional de Seguridad Privada), con Domicilio en Calle America 10 local 4º Barcelona 08041 Tel.934334649 Fax 934559216.
D. Antonio Maraña Fernández, como secretario General del STS-C Trabajadores de Seguridad), con domicilio en calle Ramón y Cajal 1 ent Llobregat 08092 Tel934211622 Fax 934325757.
D. Fernando Torres Fernández D.N.1.28 680 053 I como secretario de Organización del STS-A (Sindicato Trabajadores de Seguridad Andalucía), con domicilio Urbanización los Porches, Plaza Olimpia, Local 37,41020 SEVILLA.Tel-Fax 954407120.
D. Antonio Montesinos Ruiz con D.N.I.- 31 627 118 como Secretario de Sindicato Profesional de Vigilantes (SPV), con domicilio en Urbanización Parque Atlántico, Bloque 1º Local Bajo 11406 JEREZDE LAFRONTERA, CADlZTef.:956333790 y Fax: 956322070.
Los Arriba firmantes en su nombre y representación, cada una en su ámbito y todas en su conjunto, como mejor proceda en derecho,
DICEN:
Que por medio del presente escrito venimos a comunicar el acuerdo de declaración de HUELGA INDEFINIDA en el sector de Seguridad Privada en todo el territorio nacional y abarca a todas las empresas que dediquen a esta actividad y estén dadas de alta como tal en el Ministerio del Interior ya todas las Patronales del Sector de Ambito Nacional: La huelga se convoca en los siguientes términos:
1º- La HUELGA INDEFINIDA se llevara a cabo a partir de las 10 de la mañana del día 30 de Junio de 2009.
2º.- La convocatoria de HUELGA abarca a todos los TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS ARRIBA MENCIONADAS Y del sector de Seguridad Privada en General, de todo el territorio nacional.
3º.- El objetivo de la HUELGA es:
- EXIGIR EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA Y SE TERMINE CON EL INTRUSISMO PROFESIONAL CONSENTIDO POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR DESDE HACE 17 AÑOS.
- LA FALTA DE RIGOR Y CONTROL DE LAS MESAS DE CONTRATACION EN LAS LICITACIONES PUBLICAS, AL ADJUDICAR LOS CONTRATOS DE SEGURIDAD A EMPRESAS QUE ABONAN LAS HORAS EN DINERO NEGRO.
ADEMAS DE LA PASIVIDAD DE LAS DIFERENTES INSPECCIONES PROVINCIALES DE TRABAJO PERMITIENDO LAS ESTAFAS DE ESTAS EMPRESAS.
- CONCIENCIAR A LAS PATRONALES DEL SECTOR DEL INTERES DE LOS CONVOCANTES PARA NEGOCIAR CONVENIOS DE AMBITO INFERIOR AL SISTEMA ACTUAL.
- EXIGIR AL MINISTERIO DEL INTERIOR QUE CREE UN DEPARTAMENTO QUE DICTAMINE LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD ADOPTADAS EN LOS CONTRATOS, PARA GARANTIZAR LA SEGURIDAD DE LOS VIGILANTES DE SEGURIDAD Y ESCOLTAS.
Por no haber ni una sola estadística de siniestralidad ni estudio de riesgos profesionales
además de no realizarse ningún tipo de análisis de riesgo anteriores a la contratación.
- QUE EL MINISTERIO DE TRABAJO EMITA UN INFORME SOBRE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN EL SECTOR, VIABILIDAD Y ESTADO ACTUAL. (Especialmente las condiciones de riesgo de los escoltas, hospitales, centros comerciales, transportes de fondos y transportes públicos.)
- QUE SE ENTREGUE A LOS CONVOCANTES UN INFORME JURIDICO ELABORADO POR LA ABOGACIA DEL ESTADO, QUE NOS EXPLIQUE EN QUE SITUACION SE ENCUENTRA LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPREMO EN MATERIA DEL VALOR DE LA HORA ORDINARIA, POR LA CUAL LA PATRONAL ADEUDA A LOS TRABAJADORES DEL SECTOR, EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, MAS DE 400 MILLONES DE € DESDE HACE 2 AÑOS.
ASIMISMO, LOS CONVOCANTES SE ADHIEREN AL CONFLICTO QUE SE MANTIENE EN CATALUÑA EN EL AMBlTO DE SEGURIDAD PRIVADA.
Se pretende con estos puntos, el que no se nos mantenga al margen de la Ley por motivos económicos, abusando del derecho Constitucional de todos los ciudadanos a la Seguridad Publica, incluidos los Vigilantes de Seguridad. Si realmente somos necesarios no es para enriquecer a cuatro empresarios y políticos, sino para colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad del estado, sólo en las funciones que nos delega la Ley de Seguridad Privada.
4º Los convocantes aceptan cualquier intermediación o arbitraje, por parte de las autoridades públicas o la que designen las patronales o empresas del sector, siempre y cuando tengan claro que lo que se solicita es el cumplimiento de las leyes y garantizar la seguridad de los trabajadores de SEGURIDAD PRIVADA.
5º Los servicios mínimos que se adopten por el Ministerio del Interior, deben de ser claros, identificar los centros de trabajo en los que sean necesarios y obligar a las empresas a organizarlos.
El Ministerio de Trabajo y todas las Inspecciones Provinciales del mismo, reconocen la jornada diaria de los trabajadores del sector en 5horas y 27 minutos a efectos de reclamaciones salariales por que así consta en el convenio colectivo firmado por la patronal.
Esta parte solicita en su derecho, que las jornadas de servicios mínimos no deben exceder las 5 horas y 27 minutos por jornada.
En caso de que el Ministerio del Interior vuelva a imponer los servicios mínimos de forma aleatoria, sin identificar las necesidades y haciendo la cuenta de la vieja, queremos hacerle constar que la jornada de un trabajador del sector es de 162 horas mensuales, y ese es el tope del 1000/0.
En el caso de los escoltas del País Vasco, trabajan 26 días seguidos a 14 horas. Es un contrato público y el Ministerio del Interior tiene todos los datos de horarios y jornadas.
6º.- El Comité de HUELGA Estará compuesto por:
1.- Juan Antonio Bejarano Jiménez. D.N.I.-5906678 w
2.- Carlos Ramos Fernandez D.N.I.-13917209 R
3.- José Mª Izquierdo López D.N.I46685093 S
4.- Salvador Sánchez Regalado 52402676 M
5..-Antonio Montesinos Ruiz D.N.I. 31627118 W
6.- Antonio Maraña Fernandez D.N.I.- 38489 508 C
7.- Fernando Torres Fernandez D.N.I.- 28680053 M
Lo que nos cumple comunicarle a los efectos legales, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto Ley 17/1977, de 4 de Marzo.
En Madrid, a 9 de Junio de 2009
Saludos.
M. Álvarez.