Esta semana el Congreso de los Diputados debe sancionar la nueva Ley de Seguridad Vial. Un texto al que se ha incorporado una enmienda presentada por CiU y que ha sido aprobada por el resto de grupos parlamentarios. En ella se reducen las sanciones por las que un conductor puede perder puntos del carné de conducir.
La primera de todas ellas es la conducción de forma negligente. Si hasta la fecha esta sanción acarreaba la pérdida de 4 puntos del permiso, tras la entrada en vigor de la nueva ley desparecerá dicha pérdida, La razón es que es un término ambiguo que puede llevar a confusión a su conductor.
Tampoco se perderán puntos por aparcar en el carril bus, en curvas o en cambios de rasante, aunque en todos estos casos sí se mantendrán las sanciones económicas pertinentes.
Otra norma también importante es que ya no se perderán puntos al circular por una vía de acceso a una gran ciudad a velocidad superior a la establecida, siempre que no se superen los 130 km/h. Esta normativa tendrá su aplicación básicamente en la zona de Barcelona, donde todos los accesos estaban limitados con un 80 km/h.
Con esta enmienda se defienden los puntos del carné de estos conductores, pero seguirán siendo sancionados si superan los límites de velocidad establecidos, aunque la sanción entonces sólo será económica. Sin embargo, para su aplicación definitiva deberá dejarse muy claro cuáles son las vías de acceso a las grandes ciudades en las que se va a aplicar la normativa.
Según las primeras informaciones sobre la enmienda de CiU, otro aspecto que se modifica es el empleo de detectores de radar. En este sentido se habla de avisadores que a partir de ahora estarán permitidos mientras que se prohíben los inhibidores. De esta forma, al menos en un principio, se va a permitir el uso de detectores de radar, algo hasta ahora muy castigado.
Otro aspecto que cambia la situación actual es que a partir de su aprobación, un coche no podrá ser retirado por la grúa de una zona azul de aparcamiento de regulado aunque no tenga el correspondiente papel de pago. Sí podrá ser sancionado. Sólo podrá ser retirado por la grúa un vehículo aparcado en una zona exclusiva para discapacitados, por el perjuicio que conlleva para este tipo de ciudadanos.
Y un último detalle sobre esta nueva ley que esta semana podría ser refrendada por el Congreso. Se establece el “pronto-pago” con una reducción del 50% en el precio de la sanción. Además, las multas se podrán pagar vía internet e incluso mediante tarjeta de crédito ante el propio agente que nos acaba de sancionar.
Además, esta nueva ley obligará al Gobierno a emplear el importe íntegro de las sanciones a políticas de seguridad vial, como eliminación de puntos negros o sustitución de quitamiedos peligrosos para los motoristas.
http://www.elconfidencial.com/cache/2009/06/15/motor_69_nueva_seguridad_reducira_perdidas_puntos.html