DE: ANTONIO MONTESINOS RUIZ
A: MINISTERIO DEL INTERIOR, SECRETARIO DE ESTADO DE SEGURIDAD.
DON ANTONIO CAMACHO VIZCAINO
FECHA: 22/JUNIO/2009
ASUNTO: SOLICITUD DE SERVICIOS MÍNIMOS DEFINITIVOS.
Por el presente escrito, le solicitamos se nos comunique con carácter definitivo, -si es que así
se confirman- , “el proyecto de resolución del Secretario de Estado de Seguridad
por el que se determina el porcentaje del personal de seguridad adscrito a los
servicios declarados esenciales, durante el desarrollo de la huelga indefinida del
sector de la Seguridad Privada que tendrá lugar, a partir del día 30 de junio de
todo el territorio nacional” que nos fue remitido con fecha 18 de junio del corriente.
Si bien no estamos de acuerdo con la imposición y términos del mismo, por entender que se
conculca y vulnera nuestro derecho de huelga, (Sentencia del T.S. Sala III de lo
Contencioso-Administrativo de 3 de Marzo de 2.008) dado los elevados
porcentajes que se pretender aplicar, pues si bien se nos puede exigir contribuir
con la seguridad publica, no así garantizarla, ya que esto último es
responsabilidad de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Igualmente, no es menos
cierto, que si estos no se determinen con carácter firme y razonados, se impide la aplicación
del art. 3.2. del Real decreto 524/2002, de 14 de junio, y cuyo literal dice:
“La determinación concreta de las personas que presten los servicios esenciales
corresponderá a los empresarios, previa audiencia de los correspondientes
comités de huelga.”
Por lo expuesto, le solicitamos se proceda a determinar los referidos servicios mínimos con
carácter definitivo, a fin de garantizar lo establecido en los arts. 4 y 5 del REAL DECRETO
524/2002, de 14 de junio
Antonio Montesinos Ruiz
Secretario General del S.P.V.