El Tribunal Supremo ratifica la nulidad del despido de la vigilante que sufrió mobbing en la Diputación de Granada
Un juzgado de lo Social lo declaró nulo, por considerarloimprocedente y que sufrió acoso laboral por parte del ente
El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de un juzgado de lo Social que declaró nulo el despido de la jefa del servicio de seguridad de la Diputación de Granada, adjudicado a Segurisa, por considerarlo improcedente y que sufrió acoso laboral por parte del responsable de seguridad del ente.
La empresa concesionaria recurrió a la Sala de lo Social del Tribunal Supremo el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 11 de marzo de 2009, que a su vez no admitió el recurso sobre el fallo del juzgado de lo Social número 1 de Granada, que declaró nulo el despido y condenó a la empresa a la readmisión de la trabajadora y a indemnizarle.
El PP ha exigido responsabilidades a la institución provincial ante esta tercera sentencia en su contra ya que hasta ahora había basado su defensa en que el fallo era recurrible y "ahora se trata de uno firme, sobre el que no cabe apelación".
Así lo ha explicado la diputada provincial del PP María Victoria Molina, que ha dicho que la empresa condenada sigue trabajando en las dependencias del organismo provincial, por lo que ha exigido la revocación inmediata del contrato de concesión.
Además, Molina ha denunciado que la trabajadora que fue despedida no ha recibido apoyo alguno por parte de la institución provincial ni de otros organismos que "supuestamente defienden los intereses de los trabajadores".
Nuevo pliego de condiciones
Por su parte, el también diputado popular Antonio Granados ha recordado que el presidente de la Diputación, José Antonio Martínez Caler, anunció que para marzo se convocaría un nuevo pliego de condiciones para conceder los servicios de seguridad aunque ha denunciado que "actualmente no existe ninguna documentación en la web oficial".
Según Granados, la Agencia de Protección de Datos ha abierto un expediente sancionador por mantener instalada la cámara de seguridad que originó parte de la polémica y ha denunciado que "ningún ciudadano puede ir en contra de los intereses del PSOE".
Según la sentencia, que se hizo público el 14 de octubre de 2008, la "actitud de acoso" comenzó, según el juez, cuando el coordinador de seguridad de la Diputación, Juan Carlos Adarve, pidió a la demandante que le dijese a qué trabajadores podía despedir para sustituirlos por "militantes del PSOE o familiares o amigos" de afiliados del partido y ella se negó.
Además, quedó probado que era "habitual" que cuando se debía cubrir algún puesto entre los vigilantes de seguridad "se acudiera a personas cercanas al PSOE, siendo Juan Carlos Adarve quien indicaba el nombre de quien podría ser contratado".
Tras la negativa de la demandante a colaborar, fue trasladada de un despacho privado a una sala con el resto de personal de seguridad, donde el coordinador instaló una cámara de seguridad que grababa el espacio ocupado por la trabajadora, lo que el juez relaciona con "los problemas previos" existentes entre ambos.
Aunque Segurisa la despidió alegando motivos disciplinarios, reconoció la improcedencia del despido y la indemnizó judicialmente, lo que el juez ha considerado elemento probatorio para decretar su nulidad.
http://www.ideal.es/granada/20100212/local/granada/tribunal-supremo-ratifica-nulidad-201002121232.html