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 infracción administrativa. Cuando hay que pagar por trabajar

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infracción administrativa. Cuando hay que pagar por trabajar Empty
MensajeTema: infracción administrativa. Cuando hay que pagar por trabajar   infracción administrativa. Cuando hay que pagar por trabajar EmptySáb 18 Oct 2008 - 19:59

Veinticinco auxiliares afrontan una sanción de 3.000 euros por realizar funciones que les ordenó su jefe

Ramón Ferrando, Valencia
Los afectados trabajaron durante un año y medio como auxiliares en el museo San Pio V y en el Centre del Carme de Valencia por un sueldo de 600 euros al mes. La empresa que les contrató en verano de 2005, Provinen Servicios, les encomendó una serie de tareas que, según el expediente sancionador de la Subdelegación del Gobierno, sólo pueden ejercer los vigilantes de seguridad. La Subdelegación del Gobierno impuso treinta mil euros de sanción a la empresa y tres mil a cada uno de los trabajadores. El responsable de recursos humanos de Provinen, Fernando Ricondo, explicó que han recurrido las sanciones y que luego "ya se verá quién paga las multas".

La firma denunciada ganó la adjudicación para llevar los servicios de seguridad y de personal auxiliar de los dos museos a través de las sociedades Provinen Seguridad -que emplea a vigilantes privados- y Provinen Servicios. El 25 de marzo de 2006 agentes de la Jefatura Superior de Policía -que se encarga de velar por el cumplimiento de la ley de seguridad privada- constataron que en el museo San Pío V se encontraban prestando servicio cinco vigilantes de la empresa Provinen Seguridad. Junto a ellos trabajaban dieciocho auxiliares que vestían un uniforme similar al de los vigilantes, pero con anagrama de la empresa Provinen Servicios.

La policía inspeccionó el 2 de abril de 2006 el Centre del Carme y comprobó que había dos vigilantes y doce auxiliares en las mismas condiciones que en el museo San Pío V. Los auxiliares confirmaron a la policía que dependían del jefe de equipo de los vigilantes de seguridad. El expediente sancionador concluyó que realizaban funciones de vigilante al "dar vueltas por las salas" para que la gente no tocara ni atentara contra las piezas.

Uno de los trabajadores sancionados apuntó ayer que "la empresa no nos informó de que podíamos meternos en un lío. En una exposición temporal incluso nos hicieron recoger el DNI de los visitantes cuando está expresamente prohibido por la ley. Cuando nos pusieron la denuncia nos dijeron que se harían cargo, pero al final nos ha tocado a nosotros pagar los 3.000 euros. Me han impuesto una sanción muy grave por trabajar de pie diez horas al día".

http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2008101800_19_508255__COMUNITAT-VALENCIANA-Cuando-pagar-trabajar
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