Faltos de autoridad Algunos colectivos como los vigilantes de seguridad, los examinadores de Tráfico o los funcionarios de los juzgados reclaman que las agresiones que sufren se tipifiquen como delito de atentado
Agredir a un vigilante de seguridad, a un examinador de la Dirección General de Tráfico (DGT) o a un empleado del Instituto Nacional de Empleo sale prácticamente gratis, como si se golpease al vecino de al lado. Ejemplos ha habido bastantes en Asturias en los últimos meses, como el mierense detenido cuando se dirigía a la oficina del Inem armado con un hacha y con la intención de matar a los funcionarios, o el auxiliar judicial agredido anteayer mismo en los Juzgados de Langreo. Ayer, jueves, por ejemplo, había sido convocada -aunque finalmente fue suspendida- una movilización entre los funcionarios de la DGT para exigir medidas por las recientes agresiones a examinadores de Tráfico en Barcelona y Andalucía. Hay colectivos que están en primera línea de fuego de la mala leche generada por la crisis. Sin embargo, estos funcionarios y vigilantes comienzan a estar hartos de la desprotección en la que se encuentran y claman por que se les reconozca la consideración de autoridad, de forma similar a los políticos o los agentes de la Policía.
El caso es que los ciudadanos están de acuerdo con dotar a estos colectivos de mayor protección. Por ejemplo, un estudio sociológico encargado por la Asociación Profesional de Compañías Privadas de Servicios de Seguridad (Aproser) indica que casi un sesenta por ciento de los encuestados considera que la ley protege poco a los vigilantes y que éstos deben tener la consideración de autoridad. «Es un debate que dejamos abierto a la consideración de la sociedad», indica el presidente de Aproser, Eduardo Cobas. El colectivo lleva luchando por esta condición desde hace años. Además, se traduciría en un aumento de los sueldos de este colectivo, que llevan congelados ya dos años, según indicó un vigilante. La condición de autoridad la perdieron los vigilantes en virtud de una reforma legal aprobada en 1992, y quieren que esa situación se revierta.
Las agresiones a estos profesionales, igual que a los funcionarios, no se consideran como atentado a la autoridad. Esta circunstancia impide disuadir a los posibles agresores. «Obtener esa condición forzaría a no considerarnos como un plato barato, porque las penas en las que podrían incurrir los agresores serían más graves», señala Ricardo Aguirre, presidente del sector de Administración Central del sindicato CSIF.
Pero hay más ventajas para estos profesionales. «Con la condición de autoridad, evitaríamos además tener que defendernos con nuestros propios medios, algo injusto cuando las agresiones se producen en el ejercicio de la función pública», añade Aguirre.
La movilización por las agresiones a examinadores de la DGT han obtenido su fruto. «La Dirección General ha accedido a que los intereses de los funcionarios sean defendidos por el abogado del Estado, y también se ha constituido una mesa de negociación para debatir sobre el reconocimiento de la condición de autoridad», asegura Ricardo Aguirre. Con la intervención del abogado del Estado, el coste de la defensa corre a cargo de la Administración.
También los profesores luchan por tener la condición de autoridad. Aunque no esté tipificado en el Código Penal, desde 2008, la fiscalía General del Estado ha dado orden a las diferentes fiscalías superiores de que las agresiones graves a los profesores sean consideradas como atentados a la autoridad. En Cataluña, esta misma condición se extiende por los fiscales a los médicos. Sin embargo, al no estar reconocida legalmente la condición de autoridad, se puede caer en cierta arbitrariedad.
El Gobierno de Madrid ha aprobado un proyecto de ley de Autoridad del Profesor. Al tratarse de una norma autonómica no implica reforma alguna del Código Penal, por lo que no se establece un mayor reproche penal por las agresiones.
Sin embargo, éstos ven reconocida su autoridad, por lo que gozarán de presunción de veracidad en sus declaraciones e informes, tal como ocurre por ejemplo con los agentes de Policía. Las faltas cometidas contra los maestros tendrán consideración de más graves, lo que se traduce en mayores consecuencias para los alumnos a efectos disciplinarios. Desgraciadamente, el proyecto de ley afecta únicamente a la vida interna de los centros y a las agresiones que los profesores puedan recibir a manos de los alumnos, pero no a las infligidas por los padres al personal de los centros docentes.
El PSOE siempre se ha opuesto a estas medidas, al considerar que la LOE (Ley de Ordenación Educativa) contempla iniciativas suficientes contra las agresiones y que puede entrarse en una dinámica penal peligrosa, como ya señaló en su día el ministro de Educación, Ángel Gabilondo. Para algunos expertos, hay jurisprudencia suficiente para considerar los ataques a estos funcionarios como atentados, similares a los tipificados para agentes, los jueces y magistrados o los políticos, que se han blindado penalmente en los últimos años, de forma que por atentar contra un miembro del Gobierno, un diputado o un senador se establecen penas de entre 4 y 6 años, dos años más que las penas previstas para el resto de autoridades.
No todos los empleados del Estado son objeto pasivo del delito de atentado, sino sólo aquellos que sean funcionarios mediante disposición inmediata de la ley, hayan sido elegidos o aquellos nombrados por la autoridad.
Entre ellos no se cuenta una pléyade de empleados de todo tipo, que sin embargo se ven más expuestos a posibles ataques. Un suspenso en un examen de conducir entraña a veces consecuencias laborales, y la retirada del subsidio de desempleo, la falta de un dinero crucial para muchas familias. Estas situaciones son potencialmente explosivas. Por eso, los sindicatos de funcionarios vienen pidiendo, sobre todo desde el estallido de la crisis, una mayor vigilancia en los centros de la Administración.
http://www.lne.es/asturias/2010/05/07/faltos-autoridad/911782.html