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| Autor | Mensaje |
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tripleX Usuario Iniciado
Mensajes : 78 Registro : 26/11/2009 Positivos recibidos : 0
| Tema: Duda con la nocturnidad Jue 20 Mayo 2010 - 11:04 | |
| Buenas noches,
Mi duda es que yo trabajo 162 horas al mes,de las cuales 24 son diurnas,el resto son nocturnas,¿con esto se supone que soy un trabajador nocturno? Lo digo,porque un trabajador nocturno no puede realizar horas extra,bajo ningún concepto,y me gustaría poder agarrarme a esto por"aca".
Un saludo y gracías. |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: Duda con la nocturnidad Jue 20 Mayo 2010 - 11:41 | |
| Estatuto de los Trabajadores
Artículo 36. Trabajo nocturno, trabajo a turnos y ritmo de trabajo. 1. A los efectos de lo dispuesto en la presente Ley, se considera trabajo nocturno el realizado entre las diez de la noche y las seis de la mañana. El empresario que recurra regularmente a la realización de trabajo nocturno deberá informar de ello a la autoridad laboral. La jornada de trabajo de los trabajadores nocturnos no podrá exceder de ocho horas diarias de promedio, en un período de referencia de quince días. Dichos trabajadores no podrán realizar horas extraordinarias. Para la aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior, se considerará trabajador nocturno a aquel que realice normalmente en período nocturno una parte no inferior a tres horas de su jornada diaria de trabajo, así como a aquel que se prevea que puede realizar en tal período una parte no inferior a un tercio de su jornada de trabajo anual. Resultará de aplicación a lo establecido en el párrafo segundo lo dispuesto en el apartado 7 del artículo 34 de esta Ley. Igualmente, el Gobierno podrá establecer limitaciones y garantías adicionales a las previstas en el presente artículo para la realización de trabajo nocturno en ciertas actividades o por determinada categoría de trabajadores, en función de los riesgos que comporten para su salud y seguridad.
Solicitud para no realizar Horas extras
A LA ATENCION DEL DEPARTAMENTO DE PERSONAL.
EMPRESA: _____________________________________________
En ________________________, a __ de _______________ del 200_
D. ________________________________________ con DNI ____________ - _
como trabajador/a de esta empresa, con la categoría de Vigilante de Seguridad. Por la presente les vengo a comunicar que a partir del mes de ____________ del presente año y hasta nuevo aviso, por mi parte, tengo la intención de no realizar ningún tipo de horas extras. Por lo que solicito que mis cuadrantes mensuales de servicio sean adecuados a la jornada laboral que estipula el Artículo 42 del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad (162 horas). Sin otro particular, atentamente.
Fdo. ____________
RECIBI: ______________________ FECHA: _______________________
FIRMA Y SELLO_________________ |
| | | tripleX Usuario Iniciado
Mensajes : 78 Registro : 26/11/2009 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Duda con la nocturnidad Jue 20 Mayo 2010 - 11:58 | |
| Muchas gracías VINDI,habia leido lo de un tercio de la jornada,pero no lo encontraba (Art.36)´,ya no se me olvidara más.
Lo del papel de renuncia a las horas extra,también te lo agradezco,porque me lo estoy planteando dejarlo firmado,por lo que pudiera pasar.
En mi servicio el que hace los cuadrantes soy yo,por lo tanto,siempre me pongo a computo,por ahora sin problemas,pero prefiero prevenir que curar.
Un saludo . |
| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Duda con la nocturnidad Jue 20 Mayo 2010 - 12:35 | |
| - tripleX escribió:
- En mi servicio el que hace los cuadrantes soy yo,por lo tanto,siempre me pongo a computo,por ahora sin problemas,pero prefiero prevenir que curar.
No se. ¿Crees que merece la pena mandar a tu empresa un escrito en el que le instas a que no te pongan ninguna hora extra, cuando no te han mandado hacer horas extras? Lo digo porque estoy seguro de que como están las cosas, seguro que alguno de tus compañeros estárán encantados de que tú hagas tu computo mensual. Si mandas el escrito ahora a tu empresa, eso hará como poco que se vuelvan ligeramente suspicazes hacia tu persona. Si algún día yo estuviese en tu caso, lo que creo que haría, sería guardarme el papel rellenado con mis datos, por si un día me exigen que realize horas que yo no quiero hacer. Lo contrario me parece un poco, ponerse la tirita antes de la herida. De todos modos. Ánimo con lo que al final decidas hacer. |
| | | tripleX Usuario Iniciado
Mensajes : 78 Registro : 26/11/2009 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Duda con la nocturnidad Vie 21 Mayo 2010 - 9:36 | |
| Gracías por el consejo Aqualung,no era mi intención entregar la hoja en la empresa sino tenerla preparada. En cuanto a las horas extra,te diré,que mis compañeros tienen" aaansia viva"(como José Mota) en meter horas. Os contaré una anecdota,hubo un mes en el cual no pude cuadrar bien las horas,y para que no hubiera problemas,hice yo ese mes 164 horas,para dejarles a ellos casi equiparados,y lo que tuve que oir,enseguida les hice entrar en razón,pero bueno... simplemente es un detalle.
Un saludo |
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