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| Multa y responsabilidad por llevar navaja. | |
| Autor | Mensaje |
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tata Usuario Baneado
Mensajes : 2707 Profesión : v.s Registro : 09/04/2009 Positivos recibidos : 55
| Tema: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Dom 19 Sep 2010 - 9:16 | |
| Estoy buscando, algo referente sobre la multa y responsabilidad de llevar navaja y que te la incauten. Y si llevas más de una navaja?? Gracias. |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Dom 19 Sep 2010 - 9:37 | |
| Hola tata, espero que estas informaciones puedan servirte, pero continuamos con este interesante tema
Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquéllas que tengan hoja puntiaguda, así como en general armas de las categorías 5ª, 6ª y 7ª (armas blancas, de fuego antiguas, de inyección anestésica, revólveres o pistolas detonadoras, etc.)
En general se estimará ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento, así como en todo caso los que hubieran sufrido condena por delito o falta contra las personas o la propiedad o por uso indebido de armas o sanción por infracción al Reglamento de Armas.
Queda prohibido el uso por particulares de cuchillos, machetes y demás armas blancas que formen parte de armamentos debidamente aprobados por autoridades u organismos competentes. Su venta requerirá la presentación y anotación del documento acreditativo del cargo o condición de las personas con derecho al uso de dichos armamentos.
También se prohíbe la comercialización, publicidad, compraventa, tenencia y uso de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 cm., medidos desde el reborde o tope del mango hasta el extremo.
No se considerarán comprendidas en las prohibiciones anteriores, la fabricación y comercialización con intervención de la Guardia Civil, la compraventa y la tenencia exclusivamente en el propio domicilio, con fines de ornato y coleccionismo, de las navajas no automáticas cuya hoja exceda de 11 cm.
Información del Ministerio del interior |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Dom 19 Sep 2010 - 10:02 | |
| Artículo 158.
1. La retirada de las armas implica la desposesión de las mismas y la prohibición de la adquisición y tenencia de otras durante el plazo que se determine, que no podrá exceder de dos años.
Régimen sancionador
Artículos 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161, 162, 163, y 164
Fuente "Reglamento de armas" |
| | | noria Usuario Novato
Mensajes : 7 Localización : MADRID Registro : 19/09/2010 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Dom 19 Sep 2010 - 15:28 | |
| Si es un arma prohibida (Vulgarmente mas de 11 cm), intervención y apertura de diligencias. "La cagaste"
Si no es arma prohibida (tipico cortauñas navaja de 2 cm de jugete) sigue siendo un arma blanca de 5ª categoría
Te la podrían intervenir por el articulo 18 de LO 1/92, en relación con el artº 146.2 del Reglamento de armas. Reglamento de armas Artículo 146 (TENENCIA Y USO) 1. Queda prohibido portar, exhibir y usar fuera del domicilio, del lugar de trabajo, en su caso, o de las correspondientes actividades deportivas, cualquiera clase de armas de fuego cortas y armas blancas, especialmente aquellas que tengan hoja puntiaguda.
Depende de la delegación o subdelegación de gobierno: Que la tramite y pagues , el que te la devuelvan o muy difícilmente que se traspapele....... Te puedes comer de 300€ a 1000€ de multa por navaja.
Para una mejor ayuda consulta algún miembro F.F.C.C.S.S. "policia/guardia civil"
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| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Dom 19 Sep 2010 - 23:08 | |
| - tata escribió:
- Estoy buscando, algo referente sobre la multa y responsabilidad de llevar navaja y que te la incauten.
Y si llevas más de una navaja?? Como te han dicho, depende del tipo de navaja que sea y de la situación en la que te la descubran. Partiendo de que no se trate de navajas automáticas, de hoja superior a 11 cm o que tenga doble filo, que se tratarían como armas prohibidas, siempre podrás llevarla "sin problemas". Pero en establecimiento públicos de alta concurrencia de personas, será susceptible de incautación y sanción. Y, en mi opinión, siempre y en todo caso, dependerá de la interpretación del agente de la autoridad quien, en virtud de la ley 1/1992, sobre protección de la seguridad Ciudadana... - Citación :
- Artículo 18.
Los agentes de la autoridad podrán realizar, en todo caso, las comprobaciones necesarias para impedir que en las vías, lugares y establecimientos públicos se porten o utilicen ilegalmente armas, procediendo a su ocupación. Podrán proceder a la ocupación temporal, incluso de las que se lleven con licencia o permiso y de cualesquiera otros medios de agresión, si se estima necesario, con objeto de prevenir la comisión de cualquier delito, o cuando exista peligro para la seguridad de las personas o de las cosas. Por ejemplo, la llave de tubo que todos los coches llevan para cambiar las ruedas, es una simple herramienta. Pero si en un control, o durante una discusión de tráfico, los agentes la encontrasen dentro del habitáculo del coche, puede ser susceptible de incautación temporal, e incluso sanción, como si de un arma se tratase. |
| | | dagalove Usuario Iniciado
Mensajes : 126 Localización : granada barcelona Profesión : vs/escolta: motos custom Registro : 16/11/2009 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Miér 20 Oct 2010 - 19:44 | |
| Saludos.. Casualmente en uno de mis servicios... el 90 % de los que pasaban por el arco, llevaban navaja.... marinero sin navaja, ni come ni trabaja me decian... para mi no es mas que una herramienta...
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| | | Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Miér 20 Oct 2010 - 21:28 | |
| - dagalove escribió:
- para mi no es mas que una herramienta...
Sin ninguna duda. Y muy útil además. Es por eso que la frase clave para mí sería: "En general se estimará ilícito el hecho de llevar o usar armas los concurrentes a establecimientos públicos y lugares de reunión, concentración, recreo o esparcimiento". Lo que hace ilegal a una navaja no es el hecho de serlo, sino la situación en la que esta es descubierta: Dos trabajadores con su mono de trabajo: herramienta. Marinero que va a entrar a barco pesquero: herramienta. Sábado a la una de la madrugada en una zona de copas: arma que debe ser incautada y sanción al portador. Las excusas tipo "la llevo para cortar el chorizo que me voy a comprar en la tienda de los chinos", pues como que no cuelan. |
| | | Pirrilo Usuario Avanzado
Mensajes : 212 Registro : 04/03/2010 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. Jue 21 Oct 2010 - 0:41 | |
| joe,pues que no supere 11cm de hoja me parece demasiado,x q ya me parece una navaja demasiado grande.... |
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| Tema: Re: Multa y responsabilidad por llevar navaja. | |
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| | | | Multa y responsabilidad por llevar navaja. | |
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