MADRID/BARCELONA, 4 (SERVIMEDIA) El Gobierno catalán ya puede ejercer
totalmente las competencias de seguridad privada que han sido otorgadas
a la Generalitat a través del artículo 163 del Estatuto de Autonomía de
Cataluña.
Estas atribuciones incluyen la autorización, la inspección, el control
y la sanción de las actividades de seguridad privada que se realicen en
la comunidad, así como la autorización de los centros de formación del
personal de seguridad privada y la coordinación de los servicios de
seguridad e investigación privadas con la policía de la Generalitat y
las policías locales de Cataluña.
El Consejo de Gobierno aprobó hoy la modificación del decreto de
seguridad privada de 1995 que, a partir de las competencias que
corresponden a la Generalitat, determina los órganos del Departamento
de Interior, Relaciones Institucionales y Participación, al que
corresponde ejercerlas.
Este es el último paso necesario por poder asumir plenamente las
atribuciones en esta materia por parte de la Generalitat. Desde la
aprobación del Estatuto, la Generalitat pasó a ser competente para
inspeccionar y sancionar todas las actividades de seguridad privada que
se cumplan en Cataluña.
Hasta entonces, estas competencias estaban limitadas a las empresas de
seguridad que tenían el domicilio social en Cataluña y su ámbito de
actuación estaba limitado a la comunidad autónoma.
Además, con el nuevo Estatuto las autorizaciones de los centros de
formación del personal de seguridad privada que desarrollen su
actividad en Catalunya también pasa a ser competencia de la
Generalitat, a través del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña,
que asume estas competencias.
(SERVIMEDIA) 04-NOV-2008 LMB
http://ecodiario.eleconomista.es/espana/noticias/842853/11/08/Cataluna-podra-ejercer-las-competencias-en-seguridad-privada-que-recoge-el-estatuto.html