| Duda horas de formación obligatorio | |
|
Autor | Mensaje |
---|
Dunna Usuario Experto
Mensajes : 707 Habilitación : V.S , E.P Profesión : Vigilante de seguridad Registro : 06/06/2010 Positivos recibidos : 24
| Tema: Duda horas de formación obligatorio Jue 11 Nov 2010 - 20:51 | |
| Buenas, tengo una duda que he tratado de resolverla y no encuentro o no se buscar la respuesta, un vigilante debe de hacer 20 de formación / reciclaje al año y en mi empresa en vez de un curso de reciclaje nos van a dar el curso de radioscopia, se supone que son 20 horas y te las abonan , pues ahí esta mi duda, te la pagan como hora extra ?un saludo. |
|
| |
Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Jue 11 Nov 2010 - 21:40 | |
| Depende de si al sumar las 20 horas del curso a las horas que hagas en el mes en que te pagen la formación (a veces no te lo pagan en el mismo mes en el que la haces) el resultado es mayor a las 162 que tenemos que hacer.
Si la empresa decide que ese mes trabajes 142 horas y hagas el curso, entonces cumplirías con el computo sin generar ninguna hora extra. |
|
| |
Dunna Usuario Experto
Mensajes : 707 Habilitación : V.S , E.P Profesión : Vigilante de seguridad Registro : 06/06/2010 Positivos recibidos : 24
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Vie 12 Nov 2010 - 1:57 | |
| Supero el computo , hago este mes 194 horas y a parte Las del curso, por eso preguntaba que si las teníamos que contar como horas extras o no. ^^ |
|
| |
Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Vie 12 Nov 2010 - 3:58 | |
| - Dunna escribió:
- Supero el computo , hago este mes 194 horas y a parte
Las del curso, por eso preguntaba que si las teníamos que contar como horas extras o no. ^^ Si, te las tienen que abonar como horas extras, pero como dice Aqualung no suelen abonarlas en el mes en que las haces (al menos en mi empresa) |
|
| |
karlos Usuario Iniciado
Mensajes : 92 Localización : asturias Habilitación : vigilante de seguridad y explosivos-guarda particular de campo-caza y pesca maritimo Profesión : vigilante Registro : 04/03/2010 Positivos recibidos : 3
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Vie 12 Nov 2010 - 4:55 | |
| y que pasa cuando se tiene como yo un mes en una empresa otros dias en otras empresas, en este caso como resuelvo lo del curso de formacion ya que ahora por ejemplo estoy al paro |
|
| |
tata Usuario Baneado
Mensajes : 2707 Profesión : v.s Registro : 09/04/2009 Positivos recibidos : 55
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Vie 12 Nov 2010 - 5:00 | |
| Como bien comentáis, las horas extras las pagan a mes vencido. Hasta la próxima nómina del siguiente mes, por regla general. Motivos hay varios, muchas empresas cierran el cómputo de horas a dia 20-25 de cada mes para que a principio de mes tengas el sueldo en tu cuenta y aunque tengas puesta alguna hora de más siempre sueles cobrar pasado el mes siguiente, por si coges la baja, te piden cubrir a alguien que se ha puesto enfermo.... Posibles imprevistos que pueda pasar a final de mes. |
|
| |
tata Usuario Baneado
Mensajes : 2707 Profesión : v.s Registro : 09/04/2009 Positivos recibidos : 55
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio Vie 12 Nov 2010 - 5:21 | |
| - karlos escribió:
- y que pasa cuando se tiene como yo un mes en una empresa otros dias en otras empresas, en este caso como resuelvo lo del curso de formacion ya que ahora por ejemplo estoy al paro
Pues si no estás en trabajando no tienes obligación de hacer el curso de formación.
Artículo 57. Formación permanente. RD2364/94.
1. Al objeto de mantener al día el nivel de aptitud y conocimientos necesarios para el ejercicio de las funciones atribuidas al personal de seguridad privada, las empresas de seguridad, a través de los centros de formación autorizados, garantizarán la organización y asistencia de su personal de seguridad privada a cursos, adaptados a las distintas modalidades de personal, de actualización en las materias que hayan experimentado modificación o evolución sustancial, o en aquellas que resulte conveniente una mayor especialización.
2. Para los vigilantes de seguridad, los cursos de actualización o especialización tendrán una duración, como mínimo, de veinte horas lectivas; cada vigilante deberá cursar al menos uno por año, y se desarrollarán en la forma que determine el Ministerio del Interior.
|
|
| |
Contenido patrocinado
| Tema: Re: Duda horas de formación obligatorio | |
| |
|
| |
| Duda horas de formación obligatorio | |
|