LA JUEZ AVALA AL POLICÍA EXPEDIENTADO EN ALMASSORA POR EXHIBIR EL ARMA
SARA FRUCTUOSO ALMASSORA
La titular del juzgado de lo contencioso-administrativo de Castelló ha fallado a favor del policía local de Almassora que recurrió un expediente disciplinario interpuesto por su superior durante una intervención en 2007. El agente fue suspendido de empleo y sueldo durante dos meses por el informe del intendente-jefe, que le acusó de excederse al sacar el arma reglamentaria cuando se disponía a multar un vehículo mal estacionado. La juez entiende que el policía se encontró en una situación de riesgo, versión corroborada por los testigos.
Según la versión del denunciante, en octubre de 2007, "cuando me disponía a denunciar un coche mal estacionado en la calle San Pedro, apareció el dueño del coche junto con unos familiares. Esta gente empezó a amenazarme y a intentar agredirme, por lo que tuve, primero, que sacar la porra. En el momento más tenso de la refriega (en la que no se llegó a las manos), el dueño del coche (que era cazador) metió el cuerpo dentro del vehículo como para buscar algo. En ese momento supuse que iba a sacar algún tipo de arma por lo que me vi obligado a empuñar la mía y, sin cargarla ni apuntar a nadie, le pedí que pusiera las manos en un lugar visible".
Tal como indica la sentencia judicial, el agente procedió a denunciar al señor Esteve, el cual tenía efectivamente su vehículo mal estacionado. En este sentido, la juez entiende que el conductor se encaró físicamente al policía y éste sacó la porra y "al observar que el implicado se adentraba en su vehículo, ante el temor de que fuera a proveerse de algún arma dada la violencia verbal manifestada, sacó su arma reglamentaria, sin que llegara a apuntar al individuo".
Según recuerda la juez, el artículo 28 Decreto 18/1995 de 24 de enero del Gobierno Valenciano, regulador de los criterios de utilización del equipo de autodefensa y el armamento por las policías locales de la Comunidad Valenciana, dispone: "El uso preventivo consistirá en mantener el arma en la mano, dispuesta para su uso inmediato. El policía se identificará, sin realizar amenazas innecesarias y sin apuntar directamente a ninguna persona, salvo que ello sea estrictamente necesario".
Además, la encargada del caso considera que el procedimiento administrativo vulneró la tramitación ordinaria. De hecho, la apertura del expediente disciplinario, "que concluyó con mi suspensión de empleo y sueldo por dos meses, que cumplí durante el verano de 2009", se produjo casi un año después de lo sucedido cuando, según el denunciante, la Jefatura de Policía Local de Almassora tuvo conocimiento del altercado "desde el primer momento". En la misma línea, la juez señala que el expediente "no contiene relato alguno de los hechos acaecidos e imputados".
En el caso que nos ocupa, continúa el escrito, "sea cierto que el implicado amenazó expresamente al agente" con frases del tipo "como lo toques te dejo seco", tal y como sostiene el recurrente, "o no", el implicado asumió durante la vista que desafío al policía local "acercándose a él mientras profería blasfemias, con apoyo de la presencia de sus parientes en el lugar, motivo suficiente para que el agente exhibiera, sin hacer uso, su defensa".
Por todo lo anterior, la juez decreta contraria a derecho la resolución adoptada por el Ayuntamiento de Almassora y añade que "no parece de recibo que se exija a nuestros agentes prestar servicio de seguridad ciudadana no ya sin hacer uso de sus armas, sino ni siquiera amenazar con hacerlo, cuando existe riesgo de su propia vida o integridad".
Fuente: LEVANTE-EMV.com