* Este es alguno de los ejemplos, a los que me refiero, claramente existen contradicciones o informaciones poco claras, donde poder disfrazar o justificar ese intrusismo profesional que todos conocemos:
La primera cuestión se refiere a la posibilidad de que los "auxiliares de servicios"
puedan desempeñar las actividades descritas en relación con los dispositivos
antihurto (invitar al cliente a comprobar si lleva alguna prenda con dicho dispositivo
sin desactivar y avisar al servicio de seguridad). Pues bien, aunque, en principio,
sería lógico encuadrar dicha función en las atribuciones típicas de vigilancia y
protección que corresponden a los vigilantes de seguridad, puede admitir una cierta
discrecionalidad en cuanto a la adscripción de dichas tareas a los "auxiliares de
servicios", en la medida en que las mismas podrían considerarse parte de la
custodia ordinaria relacionada con las normas de funcionamiento del
establecimiento.
En efecto, y sin perjuicio de la posible comisión de delitos o faltas contra la
propiedad, son también numerosas las ocasiones en que los dispositivos antihurto
no son convenientemente desactivados por el personal propio de los
establecimientos, provocándose, en consecuencia, la activación de la alarma
correspondiente, con el consiguiente "apuro" para el cliente sobre el que
implícitamente recae la sospecha de presunto delincuente, aún más manifiesta si
quien interviene en primera instancia es un vigilante de seguridad.
Por tanto, si los establecimientos disponen únicamente de personal de seguridad,
sería éste el encargado de realizar tales misiones, pero si, además, disponen de
"auxiliares de servicios", esta Secretaría General Técnica entiende que éstos
podrían desempeñar tal función en cuanto destinada a comprobar la correcta
desactivación del dispositivo antihurto, debiendo, en todo caso, comunicar al
servicio de seguridad cualquiera anomalía o indicio que haga sospechar la comisión
de un delito o falta
http://www.mir.es/MIR/respuestas/seg_privada/vigilantes/funciones_auxiliares/vigilantes_y_auxiliares_centros_comerciales.pdf