Me acuerdo de esta sentencia contra la de los OOO.....
Condenada una empresa de seguridad a pagar lo robado en una casa conectada a su alarma
El dispositivo instalado, el más común, no daba la seguridad por la que cobraba, dice la Audiencia Anularon el sistema cortando desde el exterior los cables telefónicos, lo que el tribunal ve previsible
El producto no estaba defectuoso. Se trataba de un sistema de seguridad, de los más comunes, que contaba con una alarma conectada por teléfono a la central de la empresa de seguridad y con detectores volumétricos de movimiento en el interior de la vivienda. Después de ser instalado, la empresa cobró puntualmente su cuota por el servicio durante tres años.
Hasta que un día, aprovechando una ausencia de los dueños, un grupo de ladrones puso en evidencia las carencias del sistema de seguridad. Lo hicieron como tantas veces ha sucedido en otros casos. Como habitualmente. Cortaron los cables del teléfono, accesibles desde la calle, con lo que quedó desconectado el sistema de seguridad, y se llevaron todo lo que encontraron de valor. Reventaron la caja fuerte, violentaron todos los muebles y enseres, se hicieron con joyas, dinero en efectivo, ropa, obras de arte y hasta alfombras. Estuvieron en el interior más de 40 minutos sin que se detectara su presencia.
Ahora, la Audiencia ha confirmado la condenada a la empresa de seguridad que le instaló el sistema de alarma a indemnizar al cliente: le obliga a abonar la cantidad correspondiente al valor de todo lo robado y los daños causados en la vivienda en un fallo que, además de novedoso, es firme.
El primer juez que vio la reclamación del cliente dio la razón a éste en una sentencia que luego fue recurrida por la empresa. Aunque fue en vano. La Audiencia la ha ratificado para condenar a pagar la totalidad del daño, a la que sólo resta la escasa cantidad pagada antes por el seguro de la casa.
En sus argumentos, el magistrado advierte que la condena en este caso no está basada en un defecto del producto, sino en que el sistema de seguridad instalado era «insuficiente». ¿Por qué? Cita una razón básica. El cliente no fue asesorado adecuadamente sobre todas las posibilidades que ofrecía la empresa para intentar proteger con seguridad la vivienda y dificultar los robos.
Contaban con un sistema perfeccionado para estos casos de corte de cables telefónicos que, durante los tres años que duró el contrato, nunca le fue ofrecido. «Ni siquiera el comercial que instaló la alarma informó debidamente al demandante», versa el fallo. El abogado que ha llevado el caso, Carlos Ibáñéz, director del despacho granadino Ibáñez y Asociados, reflexiona al respecto: «En mi opinión, el negocio de las empresas no está en el producto que venden, sino en la cuota. Procuran fidelizar al cliente instalando a veces productos de bajo precio, que ofrecen poca seguridad, y que son, precisamente los más fáciles de desconectar. Hay obligación de presentar al consumidor un proyecto de seguridad personalizado, lo que se realiza en pocos casos». En realidad, este tipo de sistemas son muy básicos y casi todos los ladrones saben cómo desconectarlos. Además, en este caso ni siquiera corrigieron la evidente indefensión que suponía el tener la conexión telefónica de una arqueta ubicada en la calle.
Contrato y servicio
El juez considera, de este modo, que la empresa ha cobrado por una seguridad inexistente a través de un sistema que no era «adecuado» para proteger la vivienda. Algo de lo que era consciente y no corrigió. La Audiencia, en este caso, añade que «no cabría hablar de responsabilidad» si el robo se hubiese consumado a pesar del funcionamiento de la alarma. El problema radica aquí en que el sistema básico era ineficaz para el tipo de vivienda que se pretendía proteger. Y no para evitar el robo, sino para dar el servicio pactado en el contrato, esto es, mantener una relación constante de incidencias con la central receptora de alarmas, a cuya prestación estaba obligada la empresa. Aunque cortasen los cables del teléfono para anular la conexión con la central. Porque no se puede decir, a juicio del tribunal, que fuese un método sofisticado. Más bien previsible