Confirman pena de 13 meses y 15 días a vigilante por propinar paliza a joven
Valencia, 26 sep (EFE).- La sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha confirmado hoy la sentencia de 13 meses de prisión y 15 días a un
vigilante de admisión de una discoteca de Valencia por propinar una paliza a un joven, al que además deberá indemnizar con 2.300 euros en concepto de responsabilidad civil.
En una sentencia, la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por el agresor y por la compañía de seguros de la sociedad gestora de la discoteca ante la sentencia emitida por el juzgado de lo penal número 3 de Valencia, que ya recogía estas penas ratificadas ahora.
Según los hechos ocurridos en torno a las 4.00 horas del 16 de septiembre de 2006, el agresor, J.A.S.F., golpeó a O.P.F. a la salida de la discoteca cuando una chica inició un conflicto verbal con éste y sus acompañantes.
La paliza causó al agredido una fractura de escafoides que precisó la movilización de la muñeca 73 días, de los que durante los primeros siete estuvo impedido de sus ocupaciones habituales.
En la agresión también participaron dos trabajadores de una empresa de seguridad privada que tenía contratada la discoteca y uno de ellos golpeó a la acompañante del agredido hasta causarle una lesión de cervicales, pero ambos fueron absueltos en la primera sentencia.
Para desestimar el recurso, la Audiencia Provincial ha argumentado que la petición de poner en duda la autoría de la agresión está fuera de lugar porque la anterior sentencia "no expresa ninguna duda respecto a la participación" del agresor condenado.
"Más bien al contrario, ya que indica a éste con claridad como uno de los agresores tras las identificaciones practicadas durante el juicio", ha añadido.
Ante la afirmación del recurrente de que las lesiones sufridas por las víctimas no precisaron tratamiento médico ni quirúrgico al no identificarse éstas en un primer momento, la Audiencia ha explicado que el agresor no puede sustituir su criterio propio por los exámenes médicos aportados como pruebas judiciales.
Asimismo, la sentencia no ha exonerado a la sociedad gestora de la discoteca ni a su aseguradora de hacerse cargo de la indemnización al agredido al entender que el vigilante actuó "durante su jornada laboral en ejercicio de sus funciones que le fueron encomendadas". EFE
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