Debido a la estrecha relación que tienen ambos, pongo aquí una noticia referente al ACTA (Acuerdo Comercial de Lucha Contra la Falsificación) que, para quien no lo sepa, viene a ser el equivalente a la ley SOPA estadounidense pero que nos afectará a nosoros, como miembros de la Unión Europea que somos.
Para quien no le quede claro en que consiste el ACTA. El primer vídeo de este hilo, trata sobre ella (el título del vídeo está equivocado)
ACUERDO A.C.T.A. CONTRA LA FALSIFICACIÓN: "LO QUE ESTABA PERMITIDO, SEGUIRÁ ESTÁNDOLO?
Tras la firma la semana pasada del Acuerdo Comercial de Lucha Contra la Falsificación (conocido como ACTA por sus siglas en inglés) por 22 Estados miembros y representantes de la UE, la atención se centra ahora en el papel de la Eurocámara en el proceso. El PE no puede modificar el texto, pero sí aprobarlo o rechazarlo, aunque no son sus únicas opciones de maniobra. El presidente de la comisión parlamentaria de Comercio Internacional, el socialista portugués Vital Moreira, explica las claves.
Señor Moreira, ¿en qué consiste ACTA?Es un acuerdo que no pretende redefinir el alcance de la protección de los derechos de propiedad intelectual, como el copyright, las patentes, indicaciones geográficas, marcas o diseños industriales; sino que busca reforzar los medios y mecanismos para proteger esos derechos. Existe una convención internacional llamada TRIPS (Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio), un acuerdo en el marco de la Organización Mundial del Comercio, del que forman parte la UE y sus miembros, que establece el alcance y contenido de esos derechos y ya prevé normas de aplicación.
ACTA no cambia esta primera parte, sólo prevé una actualización de los medios, mecanismos, y remedios para proteger los derechos de propiedad intelectual. Ese es también el objetivo de la directiva europea ya existente, que incluye una serie mínima de formas de medidas para proteger estos derechos. ACTA es un acuerdo multilateral entre algunas economías desarrolladas, como la de la UE, la de Estados Unidos o la de Japón, y también otras menos desarrolladas, como la de Méjico o Marruecos, con el propósito de reforzar entre esos Estados, a aplicación de la propiedad intelectual. No cambia el contenido, todo lo que estaba permitido sigue estándolo, y todo lo que estaba prohibido sigue estándolo. Se trata de ser más eficaces en cuanto a la violación de derechos de propiedad intelectual.
¿Por qué es tan controvertido?La sensibilidad del tema se debe a una pequeña parte del acuerdo, la relacionada con el copyright en internet, la descarga de música, literatura, teatro, conciertos u otros trabajos protegidos por este derecho. Personalmente, me gustaría mencionar que muchas de las quejas son por temas que ACTA no incluye. Por ejemplo, las descargas para uso privado no estaban prohibidas, y no lo están, lo que está prohibido es la violación del copyright con fines comerciales.
¿Qué pueden hacer los ciudadanos para expresar su opinión sobre el acuerdo?El texto propuesto ya está disponible en nuestra web, a pesar de que aún no nos lo han enviado por vía oficial. También se puede acceder online a una evaluación de ACTA preparada por el Parlamento. Hasta se ha hecho pública la opinión de nuestro servicio legal, que suele ser confidencial.
Además, los debates de nuestras comisiones se retransmiten por internet, se pueden seguir. El 1 de marzo la comisión parlamentaria de Comercio Internacional organiza un grupo de trabajo en el que la participación no está restringida únicamente a las instituciones de la UE, todo el mundo puede participar. Y el comisario De Gucht ya ha confirmado su presencia.
Algunos grupos políticos, sobre todo los que se oponen a ACTA, están promoviendo debates en sus webs. Y los ciudadanos ya han empezado a inundar a los eurodiputados con cientos, si no miles, de e-mails.
Todos los problemas que se señalen en relación a los acuerdos serán debatidos, no sólo en la comisión de Comercio Internacional sino también en el pleno. No se puede acusar al Parlamento Europeo de manejar el dossier sin apertura, transparencia y participación democrática.
¿Puede el PE alterar el contenido de ACTA?Se trata de un acuerdo internacional, y como tal, el consentimiento del PE es necesario. Pero no puede cambiar el texto del acuerdo, sólo puede decir "sí" o "no". Esta es la norma en todos los países democráticos.
El PE puede, de todas formas, decidir congelar la aprobación, ya que no hay plazos previstos para ello.
Dado que este acuerdo ha puesto de manifiesto problemas legales, el Parlamento también puede pedir al Tribunal de Justicia europeo que juzgue su compatibilidad con el derecho comunitario. Esto se puede hacer por petición de una comisión parlamentaria; si se realiza una petición de este tipo, el proceso parlamentario queda en suspenso hasta que haya una decisión del Tribunal.
También habrá opiniones de varias comisiones del PE sobre el acuerdo. La de Comercio Internacional es la responsable de la decisión, ya que el acuerdo es sobre comercio internacional, pero como suele ocurrir en el PE, también podrán contribuir con sus opiniones otras comisiones parlamentarias, entre ellas la de Libertades Civiles.
¿Qué ocurre si se rechaza el acuerdo?Si decimos sí, el Consejo está autorizado a concluir el acuerdo y hacerlo legalmente vinculante en la UE, y también se convierte en vinculante en relación con el marco legal de la UE.
Si decimos no, el proceso termina y el tratado está muerto. Puede ser renegociado, pero este texto está muerto. Para el nuevo acuerdo sería necesario comenzar un nuevo procedimiento.
En el pasado reciente, el PE dijo no a dos acuerdos internacionales: el SWIFT y el acuerdo pesquero con Marruecos.
http://www.europarl.europa.eu/news/es/headlines/content/20120130STO36537/html/Acuerdo-ACTA-lo-que-estaba-permitido-seguir%C3%A1-est%C3%A1ndolo