En la sentencia queda recogido que, aunque el trabajador fue contratado temporalmente para sustituir una baja con derecho a reserva del puesto de trabajo (Torre Pelli), en el trascurso que estuvo empleado en Securitas la empresa le encomendó otras tareas diferentes al motivo de la contratación. El Sr. Juez refleja en el Auto que "queda meridianamente claro que sustituir en otras tareas diferentes al motivo del contrato, no es sustituir al trabajador de baja con reserva del puesto de trabajo."
Por tanto la contratación del denunciante se usó para causa distinta de la expresada en el contrato de trabajo, lo que lo convierte en fraudulento y por tanto en indefinido, careciendo de justificación la extinción del contrato al declararse el trabajador de baja en situación de incapacidad permanente. El fallo declara improcedente el despido y condena a Securitas a que, a su elección, readmita al trabajador en su puesto de trabajo en iguales condiciones que antes del despido o proceda a indemnizarlo y en todo caso al pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido hasta la presente resolución.
Teniamos autorizacion del propio interesado de publicar la sentencia tal cual, aun asi lo vuelvo a subir censurando los nombres
Un saludo.
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