González avala la petición de modificar el derecho de manifestación .
Los sindicatos policiales opinan que “no es necesario” cambiar la ley sino “aplicarla”.
El presidente la Comunidad de Madrid, Ignacio González, ha respaldado la petición hecha ayer por la delegada del Gobierno en la región, Cristina Cifuentes, que planteó “modular” la ley que regula el derecho de reunión y de manifestación para “racionalizar el uso del espacio público”, si bien matizó que no se trataría de cambiar la Constitución, que en su artículo 21 lo protege, ni de "recortar" este derecho, sino de revisar la Ley Orgánica de 1983, a su juicio "muy permisiva y amplia". Según su propuesta, se trataría de ampliar el “margen de maniobra” de las Administraciones para modificar recorridos y horarios.
González ha reiterado los matices de las propia Cifuentes: "No es que se restrinja el derecho de manifestarse. Es tener la posibilidad de ordenar el ejercicio de ese derecho". A renglón seguido, ha señalado: "En Madrid hay muchas concentraciones y no se puede estar permanentemente colapsando la ciudad. Los ciudadanos también tienen derecho de moverse".
Los dos principales sindicatos policiales, el SUP y la CEP, replicaron ayer a las palabras de la delegada que “no es necesario” modular la ley que regula el derecho de manifestación, que es un “derecho sagrado”, sino “aplicar la ley que tenemos de reunión y manifestación y cuando no cumplan con los requisitos no autorizarlas”, declaró a Europa Press el secretario de comunicación del SUP, José María Benito.
La reforma que plantea Cifuentes es de difícil encaje constitucional El derecho de manifestación está regulado por el artículo 21 de la Constitución y desarrollado por la Ley Orgánica de 1983. Los dos requisitos exigidos para prohibir o modificar una protesta son que puedan alterar el orden público y que exista riesgo real para las personas o los bienes. En los nueve primeros meses del año se han registrado 2.732 manifestaciones, entre las autorizadas y las que no contaban con el visto bueno de la Delegación del Gobierno.
La reforma de esta norma requiere la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados, condición con la que cuenta en estos momentos el PP. Sin embargo, el eventual texto siempre tendría que mantener el contenido esencial del derecho de manifestación, según recuerda el profesor titular de Derecho Constitucional de la Universidad Complutense, Manuel Sánchez de Diego. “La última palabra en caso de que la nueva ley no se ajustara a derecho la tendría el Tribunal Constitucional, que puede modificar o rechazar la norma, como ya ha hecho en algunas sentencias”, añade el profesor. Eso sí, ese fallo del Constitucional no podría hacerse de oficio. Exigiría que acudieran a él diputados o el Defensor del Pueblo, entre otros.
Para cambiar itinerarios u horarios de manifestaciones o incluso prohibirlas, los jueces siempre valoran si no es posible encontrar una medida más moderada y que tenga la misma eficacia (que no se corte la circulación). También ponderan que la protesta sea proporcional con el bien general y que no cause perjuicios para bienes o valores, según Sánchez de Diego.
Otro profesor de Derecho Constitucional, Santiago Sánchez González, de la UNED, mantiene, por el contrario, que con la actual legislación sería posible reducir el alto número de manifestaciones diarias en Madrid. “Se deberían ponderar por parte de los jueces otros derechos en conflicto como la libre circulación o los perjuicios a comerciantes y empresarios”, señala.
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