Juan_E Usuario Novato
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| Tema: Consulta excedencia por necesidad familiar. Vie 18 Ene 2013 - 22:20 | |
| Hola tengo a mi madre que necesita cuidados dada su avanzada edad y no puedo permitirme una cuidadora, por lo que me gustaría saber si al pedir la excedencia cómo V.S. puedes tramitar el desempleo y cobrarlo. Gracias por la ayuda. Saludos. |
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Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Consulta excedencia por necesidad familiar. Vie 18 Ene 2013 - 22:47 | |
| No. No se puede. Ese tipo de excedencia la única diferencia que tiene con respecto a la normal, es la duración, el hecho de que el tiempo de excedencia computa a efectos de antigüedad y que durante el primer año tienes derecho a reserva del puesto de trabajo. - Spoiler:
Artículo 46. Excedencias. ........... 3. Los trabajadores tendrán derecho a un período de excedencia de duración no superior a tres años para atender al cuidado de cada hijo, tanto cuando lo sea por naturaleza, como por adopción, o en los supuestos de acogimiento, tanto permanente como preadoptivo, aunque éstos sean provisionales, a contar desde la fecha de nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
También tendrán derecho a un período de excedencia, de duración no superior a dos años, salvo que se establezca una duración mayor por negociación colectiva, los trabajadores para atender al cuidado de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad, que por razones de edad, accidente, enfermedad o discapacidad no pueda valerse por sí mismo, y no desempeñe actividad retribuida.
La excedencia contemplada en el presente apartado, cuyo periodo de duración podrá disfrutarse de forma fraccionada, constituye un derecho individual de los trabajadores, hombres o mujeres. No obstante, si dos o más trabajadores de la misma empresa generasen este derecho por el mismo sujeto causante, el empresario podrá limitar su ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
Cuando un nuevo sujeto causante diera derecho a un nuevo periodo de excedencia, el inicio de la misma dará fin al que, en su caso, se viniera disfrutando.
El período en que el trabajador permanezca en situación de excedencia conforme a lo establecido en este artículo será computable a efectos de antigüedad y el trabajador tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional, a cuya participación deberá ser convocado por el empresario, especialmente con ocasión de su reincorporación. Durante el primer año tendrá derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.
No obstante, cuando el trabajador forme parte de una familia que tenga reconocida oficialmente la condición de familia numerosa, la reserva de su puesto de trabajo se extenderá hasta un máximo de 15 meses cuando se trate de una familia numerosa de categoría general, y hasta un máximo de 18 meses si se trata de categoría especial.
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/rdleg1-1995.t1.html#a46
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Juan_E Usuario Novato
Mensajes : 3 Registro : 03/08/2012 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: Consulta excedencia por necesidad familiar. Sáb 19 Ene 2013 - 0:01 | |
| Y si la pido normal me imagino que no podría tramitar el desempleo. Saludos.
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Aqualung Usuario Experto
Mensajes : 5299 Profesión : VS Registro : 15/09/2009 Positivos recibidos : 203
| Tema: Re: Consulta excedencia por necesidad familiar. Sáb 19 Ene 2013 - 0:19 | |
| En ninguna excedencia se puede pedir el subsidio por desempleo. |
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| Tema: Re: Consulta excedencia por necesidad familiar. | |
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