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| ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? | |
| Autor | Mensaje |
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Grancanario1970 Usuario Iniciado
Mensajes : 185 Localización : Las Palmas de Gran Canaria Habilitación : Vigilante de Seguridad. Registro : 27/09/2011 Positivos recibidos : 6
| Tema: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Sáb 27 Oct 2012 - 8:53 | |
| Hola compis,hoy estando de servicio me ha ocurrido algo curioso.estoy en un servicio en una tienda,resulta que en la calle un tipo le ha dado un tirón a una persona y ha salido corriendo,me acerqué a la puerta a ver que pasaba ,pues había bastante gente corriendo y bullicio,y mi sorpresa es cuando se me acercan varias personas y me dicen que mejor me diera verguenza,que siendo vigilante no saliera corriendo detrás del tipo,y mi respuesta la fué que yo no puedo actuar y abandonar mi servicio por algo que ha ocurrido fuera de las dependencias la cuál custodio,vamos que lo tengo muy claro mi cometido,pero claro uno se queda dudando si obré bien o debí salir detrás del chorizo.
Saludos y gracias de antemano.
Última edición por Vindi el Sáb 27 Oct 2012 - 9:21, editado 1 vez (Razón : Modificar el título del tema para añadir mayor precisión de su temática) |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Sáb 27 Oct 2012 - 9:21 | |
| Sin entrar en competencias legales del vigilante de seguridad, simplemente pregúntate... - Sobre quien paga el servicio de seguridad, para el que has sido contratado, ¿la señora de la calle, o la tienda?. |
| | | ALFREDOG Usuario Veterano
Mensajes : 401 Localización : Zaragoza Habilitación : VS Profesión : Vigilante de seguridad Registro : 27/04/2012 Positivos recibidos : 34
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Sáb 27 Oct 2012 - 10:01 | |
| Compañero Grancanario 1970 , actuaste de forma correcta , muchos hubieramos hecho lo mismo que tú , ya que Vindi está en lo cierto , quién te paga es la tienda y no puedes abandonar el servicio que prestas , al no ser que se trate de una causa justificada . Estas personas que te recriminaron que no salieses corriendo a la calle detrás del ladrón , deberían conocer que cualquer ciudadano puede detener a áquel individuo que cometiera un delito o fuera a cometerlo ( delito flagrante ) . Saludos . |
| | | urko Usuario Iniciado
Mensajes : 142 Localización : toledo Habilitación : vs , esc, exp, direc de seg, i de tiro, guia canino Profesión : director de seguridad Registro : 22/11/2010 Positivos recibidos : 1
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Sáb 27 Oct 2012 - 18:12 | |
| Compañero yo diria que has actuado sobre todo con logica. Imagina que sales fuera , corres detras y le alcanzas recuperando el bolso.Podria darse el caso que la señora ya no quiera problemas y opte por no denunciar en ese caso la denuncia podria ser para ti , Estando en un buen lio. Saludos |
| | | Cantabrum Usuario Veterano
Mensajes : 369 Localización : Cantabria Habilitación : Vigilante de seguridad, escolta privado, vigilante de explosivos. Profesión : Vigilante de seguridad Registro : 16/07/2011 Positivos recibidos : 34
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Sáb 27 Oct 2012 - 23:27 | |
| Buenas tardes compañero Grancanario1970, has actuado como debes, tú estas en tú servicio y el tirón se produce en la calle, ahí tú no tienes competencia y no debes nunca abandonar tu servicio, salvo que te pidan ayuda las fuerzas de seguridad, que no ha sido el caso, así que yo tendría la conciencia muy tranquila. Un saludo. |
| | | Grancanario1970 Usuario Iniciado
Mensajes : 185 Localización : Las Palmas de Gran Canaria Habilitación : Vigilante de Seguridad. Registro : 27/09/2011 Positivos recibidos : 6
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Dom 28 Oct 2012 - 0:25 | |
| Gracias a todos,por vuestras respuestas. Y referente al comentario de urko,ya no es que te puedan denunciar a ti,si no que cuando estuvieras fuera,siguiendo al tipo,pasara algún incidente,en el lugar de tu servicio,que es donde se deberia estar,entonces si que seria mas grave,que una posible denuncia.
Saludos |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Dom 28 Oct 2012 - 0:49 | |
| - Grancanario1970 escribió:
- si no que cuando estuvieras fuera,siguiendo al tipo,pasara algún incidente,en el lugar de tu servicio,que es donde se deberia estar,entonces si que seria mas grave,que una posible denuncia.
Vaya que si... |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Dom 28 Oct 2012 - 5:10 | |
| Desde luego actuaste correctamente ¡sin discusión! |
| | | billutzu Usuario Experto
Mensajes : 1589 Registro : 30/12/2011 Positivos recibidos : 61
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Dom 28 Oct 2012 - 19:51 | |
| Como bien te han explicado los compañeros, actuaste impecablemente. Cosa distinta es si hubiesen concurrido lo que se llaman razones humanitarias : una persona se desploma en el exterior y acudes a prestar los primeros auxilios.
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| | | traceur950 Usuario Novato
Mensajes : 5 Registro : 01/02/2013 Positivos recibidos : 0
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Dom 10 Feb 2013 - 21:19 | |
| En mi opinión , en la parte técnica puede que no lo hicieras mal , pero en cuanto a la parte ética-moral , yo hubiera actuado de otra manera , ya que , es algo que nos puede diferenciar por ejemplo de un CV robot ¿no? me refiero a que si haces tu trabajo por que te gusta ( si no es así , es uno de los grandes fallos de nuestro sector ) , algo más aparte del dinero , yo por lo menos me sentiría atraido a ayudar ( que por otra parte entiendo el remordimiento de las cosas que puedan pasar en la tienda de mientras ) .Pero , ¿Como será todo si seguimos viviendo limitados en las estrecheces de lo establecido y condicionado por el dinero y las leyes? Es una pregunta retórica y mi opinión , no intentaba ni mucho menos ofender , ni poner en duda las formas de nadie , un saludo
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| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Lun 11 Feb 2013 - 0:14 | |
| - traceur950 escribió:
- En mi opinión , en la parte técnica puede que no lo hicieras mal , pero en cuanto a la parte ética-moral , yo hubiera actuado de otra manera ,..
Un criterio muy poco profesional en mi opinión, en tus horas libres puedes actuar como te marque tu "ética-moral" al igual que el resto de personas que alli estaban (y que por cierto nada útil hicieron), pero mientras estás de servicio estás obligado por la ética del reglamento de seguridad privada, no por la tuya personal por muy voluntariosa que sea, y el reglamento no es que no te obligue a abandonar tu puesto para perseguir a nadie (salvo en contadas situaciones, que no se cumplen en este caso) ¡es que directamente te lo prohíbe! tu obligación como profesional es permanecer en él, máxime cuando ni siquiera has sido testigo del incidente ni tiene relación alguna con tu servicio, y no salir corriendo como un pollo sin cabeza a las primeras de cambio porque la gente que pasaba por allí te lo diga, si tu ética personal te impulsa a incumplir tus obligaciones profesionales, puede ser que en realidad no estés hecho para este trabajo. Artículo 79. Actuación en el exterior de inmuebles. - Spoiler:
1. Los vigilantes sólo podrán desempeñar sus funciones en el Interior de los edificios o de los inmuebles de cuya vigilancia y seguridad estuvieran encargados, salvo en los siguientes casos:
El transporte y distribución de monedas y billetes, títulos-valores y demás objetos que, por su valor económico y expectativas que generen o por su peligrosidad, puedan requerir protección especial.
La manipulación o utilización de bienes, maquinaria o equipos valiosos que hayan de tener lugar en las vías públicas o de uso común, cuando tales operaciones, bienes o equipos hayan de ser protegidos por vigilantes de seguridad, desde el espacio exterior, inmediatamente circundante.
Los servicios de verificación de alarmas y de respuesta a las mismas a que se refiere el artículo 49 de este Reglamento.
Los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección.
Las situaciones en que ello viniera exigido por razones humanitarias relacionadas con dichas personas o bienes.
La retirada y reposición de fondos en cajeros automáticos, así como la prestación de servicios de vigilancia y protección de los cajeros durante las citadas operaciones, o en las de reparación de averías, fuera de las horas habituales de horario al público en las respectivas oficinas.
Los desplazamientos excepcionales al exterior de los inmuebles objeto de protección para la realización de actividades directamente relacionadas con las funciones de vigilancia y seguridad, teniendo en cuenta, en su caso, las instrucciones de los órganos competentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
2. Las limitaciones previstas en el apartado precedente no serán aplicables a los servicios de vigilancia y protección de seguridad privada de los medios de transporte y de sus infraestructuras que tengan vías específicas y exclusivas de circulación, coordinados cuando proceda con los servicios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
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| | | chusbigshark Usuario Iniciado
Mensajes : 114 Registro : 18/07/2009 Positivos recibidos : -12
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Lun 11 Feb 2013 - 7:12 | |
| y yo pregunto ¿ y si sale corriendo con el bolso desde dentro de la tienda del compañero?
1- le insultas mientras se va alejando y le dices que me acuerdo de tu cara. 2- si te da tienpo le pones la zancadilla que caiga lo mas cerca de la puerta y rapidamente le metes dentro para detenerle, no fuera caso que al estar en la calle te denunciara. 3. el dia del juicio le dices al juez que saliste detras del chorizo para ponerle a disposicion de las autoridades por lo que tuviste que abandonar el servicio. |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Lun 11 Feb 2013 - 8:24 | |
| Si lees con más atención, verás que ese caso se ajustaría al supuesto contemplado en el reglamento, siempre que seas testigo del hecho delictivo y no lo pierdas de vista a lo largo de la persecución, estarías simplemente cumpliendo con tu deber, pero ese no es el caso expuesto en este hilo ni de lejos, ni lo sorprendió en flagrante delito, ni se trataba de bienes o personas objeto de su protección, somos vigilantes de seguridad privada, no Quijotes desfacedores de entuertos, ni superheroes enmascarados para ir persiguiendo el crimen correteando por la ciudad, porque nos lo digan cuatro honrados ciudadanos que no tienen ni repajolera idea de nuestro marco legal, ni tienen porque, más allá de lo que ven en las películas, pero... ¡nosotros si debemos tenerla! - Citación :
- Los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección.
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| | | chusbigshark Usuario Iniciado
Mensajes : 114 Registro : 18/07/2009 Positivos recibidos : -12
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Mar 12 Feb 2013 - 2:38 | |
| - Merry escribió:
- Si lees con más atención, verás que ese caso se ajustaría al supuesto contemplado en el reglamento, siempre que seas testigo del hecho delictivo y no lo pierdas de vista a lo largo de la persecución, estarías simplemente cumpliendo con tu deber, pero ese no es el caso expuesto en este hilo ni de lejos, ni lo sorprendió en flagrante delito, ni se trataba de bienes o personas objeto de su protección, somos vigilantes de seguridad privada, no Quijotes desfacedores de entuertos, ni superheroes enmascarados para ir persiguiendo el crimen correteando por la ciudad, porque nos lo digan cuatro honrados ciudadanos que no tienen ni repajolera idea de nuestro marco legal, ni tienen porque, más allá de lo que ven en las películas, pero... ¡nosotros si debemos tenerla!
- Citación :
- Los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección.
seguramente Merry tu leas mejor que yo pero vamos segun comenta el compi..... esto es lo que ha escrito el compañero: - Citación :
- Hola compis,hoy estando de servicio me ha ocurrido algo curioso.estoy en un servicio en una tienda,resulta que en la calle un tipo le ha dado un tirón a una persona y ha salido corriendo,me acerqué a la puerta a ver que pasaba ,pues había bastante gente corriendo y bullicio.
¿lo vio o no lo vio? ¿se acerco a la puerta?
Última edición por Vindi el Mar 12 Feb 2013 - 3:14, editado 2 veces (Razón : especificar lo que se cita, para que todos lo entendamos ¡¡no somos adivinos!!) |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Mar 12 Feb 2013 - 3:51 | |
| - chusbigshark escribió:
- Spoiler:
seguramente Merry tu leas mejor que yo pero vamos segun comenta el compi..... esto es lo que ha escrito el compañero: - Citación :
- Hola compis,hoy estando de servicio me ha ocurrido algo curioso.estoy en un servicio en una tienda,resulta que en la calle un tipo le ha dado un tirón a una persona y ha salido corriendo,me acerqué a la puerta a ver que pasaba ,pues había bastante gente corriendo y bullicio.
¿lo vio o no lo vio? ¿se acerco a la puerta? No se trata de leer mejor o peor, simplemente se trata como apuntó Merry anteriormente, de leer con atención; te echaré una mano, resaltando el texto.
- Merry escribió:
- Si lees con más atención, verás que ese caso se ajustaría al supuesto contemplado en el reglamento, siempre que seas testigo del hecho delictivo y no lo pierdas de vista a lo largo de la persecución, estarías simplemente cumpliendo con tu deber, pero ese no es el caso expuesto en este hilo ni de lejos, ni lo sorprendió en flagrante delito, ni se trataba de bienes o personas objeto de su protección, somos vigilantes de seguridad privada, no Quijotes desfacedores de entuertos, ni superheroes enmascarados para ir persiguiendo el crimen correteando por la ciudad, porque nos lo digan cuatro honrados ciudadanos que no tienen ni repajolera idea de nuestro marco legal, ni tienen porque, más allá de lo que ven en las películas, pero... ¡nosotros si debemos tenerla!
- Citación :
- Los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección.
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| | | chusbigshark Usuario Iniciado
Mensajes : 114 Registro : 18/07/2009 Positivos recibidos : -12
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Mar 12 Feb 2013 - 6:56 | |
| Vindi te agradezco que me hayas arreglado lo de la cita del compañero porque no pude solucionar lo de la multicita y pege lo que habia escrito,
pero sigo preguntando lo mismo por mucha atencion que le ponga a mi lectura ¿lo vio o no lo vio? y vamos a suponer que si lo hizo ¿podria haber salido tras el delincuente en este caso?
Última edición por Vindi el Mar 12 Feb 2013 - 8:02, editado 1 vez (Razón : Eliminar citación innecesaria "el mensaje citado se encuentra justo encima del tuyo") |
| | | Vindi Usuario Baneado
Mensajes : 9913 Registro : 08/09/2008 Positivos recibidos : 95
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Mar 12 Feb 2013 - 8:17 | |
| - chusbigshark escribió:
sigo preguntando lo mismo por mucha atencion que le ponga a mi lectura ¿lo vio o no lo vio? Una vez más, insisto en que ese no es el objetivo de la temática que abre este hilo. - chusbigshark escribió:
- y vamos a suponer que si lo hizo ¿podria haber salido tras el delincuente en este caso?
Hizo ¿qué?, ¿ver el hurto o robo de las pertenencias de una persona ajena a la tienda labor de su protección y seguidamente abandonar su puesto de trabajo, pudiendo ocasionar con su ausencia trastornos y riesgos indefinidos en un servicio de su responsabilidad?; tu ¿que crees? |
| | | Merry Usuario Experto
Mensajes : 9535 Localización : Cantabria Registro : 06/11/2009 Positivos recibidos : 410
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Mar 12 Feb 2013 - 8:36 | |
| Vamos por partes para no liarnos, porque estás mezclando cosas. Cuando yo te digo "si lees con más atención..." estoy refiriéndome al articulado del reglamento que yo acababa de incluir justo antes de que preguntaras esto: - chusbigshark escribió:
- y yo pregunto ¿ y si sale corriendo con el bolso desde dentro de la tienda del compañero?
es una pregunta que se contesta sola leyendo el artículo en cuestión (el Nº 79), no leyendolo bien o mal, mejor o peor que nadie ¡solo tomándose la molestia de leerlo! puesto que hay un punto concreto que parece escrito a propósito: "Los supuestos de persecución a delincuentes sorprendidos en flagrante delito, como consecuencia del cumplimiento de sus funciones en relación con las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección."Y ahora pasamos al otro tema: - chusbigshark escribió:
- "...Hola compis,hoy estando de servicio me ha ocurrido algo curioso.estoy en un servicio en una tienda,resulta que en la calle un tipo le ha dado un tirón a una persona y ha salido corriendo,me acerqué a la puerta a ver que pasaba ,pues había bastante gente corriendo y bullicio."
¿lo vio o no lo vio? ¿se acerco a la puerta? ...sigo preguntando lo mismo por mucha atencion que le ponga a mi lectura ¿lo vio o no lo vio? y vamos a suponer que si lo hizo ¿podria haber salido tras el delincuente en este caso? - chusbigshark escribió:
- ¿lo vio o no lo vio?
"...me acerqué a la puerta a ver que pasaba ,pues había bastante gente corriendo y bullicio" No se a ti, pero a mi me parece que si hubiera sido testigo presencial del asunto sabría de sobra que pasaba, yo saco en conclusión que si se acerca "a ver que pasa, atraido por la gente y el bullicio", es que no ha sido testigo directo y es la gente (que solo cuando le conviene nos quiere considerar semi-policías) la que le increpa por no salir a perseguir ladrones. "...se me acercan varias personas y me dicen que mejor me diera verguenza,que siendo vigilante no saliera corriendo detrás del tipo". Pero por supuesto es solo mi interpretación de lo relatado por Grancanario, - chusbigshark escribió:
- ¿se acerco a la puerta?
Si, se acerco a la puerta a ver que pasaba, atraido por el bullicio originado, luego no estaba cerca de la puerta cuando ocurrió, se encontraba en el interior y no parece por tanto que pudiera ser testigo del delito. ¿Podría perseguirlo? ¡NO!El reglamento nos plantea dos condiciones para permitirnos perseguir a alguien incluso en el exterior de los edificios a nuestro cargo 1º que sea sorprendido "in fraganti", tampoco dice que tengamos que ser nosotros los testigos, pero tendremos que tener de partida suficiente base para presumir su culpabilidad, no podemos basarnos en suposiciones y tendremos que explicarlo seguro ante el juez, ¡más vale que nuestra historia sea consistente! no basta con que alguien grite ¡al ladrón! y veamos que alguien corre, porque a lo mejor solo es un tipo que pierde el autobús. 2º que el delito esté relacionado con "las personas o bienes objeto de su vigilancia y protección", esto es lo que dice la ley y no nos lo pone fácil, ¿perseguimos a un delincuente al que hemos visto cometer un delito? si no es relacionado con el objeto de nuestra protección no es nuestra labor, deberíamos tomar nota de cuanto pueda servir para identificarlo y comunicarlo a las fuerzas y cuerpos de seguridad, pero como somos humanos tendremos que juzgar cada caso en concreto ¿le hemos visto cometer el delito, pasa corriendo cerca y podemos atraparlo sin emprender una persecución que nos aleje demasiado? pues seguramente, como tenemos sangre en las venas lo intentaremos, se ajuste o no al reglamento y nos atendremos a las consecuencias. Pero el caso relatado en este post parece claro, no se cumple ninguno de los requisitos, no lo hemos sorprendido in fraganti, no estamos siquiera seguros de que se haya cometido un delito ni exactamente cual (salvo por los comentarios de la gente) y no está relacionado con el objeto de nuestra protección, sinceramente es un caso de libro y haber salido corriendo abandonando nuestro puesto hubiera sido una clara irresponsabilidad y una absoluta falta de profesionalidad ¿que pasa si mientras correteamos por la calle, a la caza de presuntos ladrones, ocurre algo en nuestro puesto de trabajo? ¿y si al final solo era una distracción para apartarnos de nuestro puesto? ¿y si la acusación es falsa y nos lanzamos sobre un inocente? los vigilantes de seguridad no somos policías, la seguridad pública no es nuestra labor, más allá de colaborar con las fuerzas y cuerpos de seguridad si se nos requiere a ello. |
| | | charly2 Usuario Iniciado
Mensajes : 82 Registro : 21/11/2012 Positivos recibidos : 15
| Tema: Re: ¿Debí actuar fuera de mi lugar de trabajo? Miér 13 Feb 2013 - 6:55 | |
| Si persigues al ladrón, se te podría haber sancionado por abandono de servicio, con la correspondiente sanción, por desgracia está el tema así montado y en estos casos, por mal que suene, la próxima vez, no te acerques a la puerta. |
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