Barcelona, 16 jul (EFE).- Todos los porteros de discoteca en Cataluña deberán ser examinados cada cuatro años por la Generalitat, según el proyecto de reglamento de la Ley de Espectáculos, que regula por primera vez los "after hours" y establece que estos locales no podrán estar a menos de 500 metros de las escuelas.
El secretario general de Interior, Joan Boada, ha explicado hoy en rueda de prensa que este reglamento es fruto de un proceso participativo entre la administración y las entidades vinculadas al sector del ocio y que, cuando entre en vigor durante el primer semestre del próximo año, se completará con órdenes del conseller Joan Saura para fijar los horarios de apertura y cierre.
El reglamento establece que todos los porteros y vigilantes de locales de ocio tendrán que hacer un curso de formación continuada en academias homologadas y posteriormente superar un examen de la Generalitat, que les permitirá ejercer durante cuatro años, tras los cuales deberán volverse a examinar.
Los porteros de discoteca ya tenían que hacer actualmente un curso en academias homologadas -de 20 horas, frente a las 40 que se tendrán que seguir a partir de ahora, según el reglamento-, si bien la diferencia estriba en que hasta ahora el examinador era la propia academia y no la Generalitat y que el carné les servía de forma indefinida y no para cuatro años.
El proyecto de reglamento, que el conseller Joan Saura ha presentado hoy al sector del ocio nocturno para iniciar otro proceso participativo, regula por primera vez los establecimientos de régimen especial, como los "after-hours", que para poder obtener una licencia deberán cumplir con unos requisitos como tener a su alcance servicios de movilidad, superar unas medidas de seguridad o no estar a menos de una distancia de entre 300 y 500 metros de las escuelas.
El texto también actualiza el extenso catálogo de establecimientos y actividades recreativas, de forma que de las 33 actuales se pasa a 23, al eliminar fórmulas que han quedado obsoletas, como los "café-teatro" o los "café-conciertos" y crear otras nuevas, como los "salones de banquetes", las "discotecas de juventud" y los "restaurantes musicales".
Respecto a las "discotecas de juventud", supone un reconocimiento de lo que ya hacían muchas discotecas, que establecían un horario específico para adolescentes, y se regula que no se permitirá la entrada a los menores de 16 años ni se podrá suministrar alcohol.
Además, el reglamento apuesta de forma decidida por la música en vivo, ya que faculta a todos los establecimientos con licencia para actividad musical a ofrecer música en directo.
El reglamento unifica además los criterios de aforo, de forma que los locales se dividirán entre los de "bajo aforo" -hasta 150 personas-, los de "aforo medio" -de entre 150 y 500-, los de "aforo alto" -entre 500 y 1.000- y los de "aforo muy alto" -más de 1.000-.
A excepción de los de bajo aforo, todos los locales deberán disponer de aparatos homologados para controlar el número de entradas y salidas, para así evitar los riesgos derivados de la ocupación excesiva, según Boada.
El reglamento crea, además, un sello de calidad "Q10", que se otorgará a los locales que cumplan requisitos de alta calidad en seguridad, convivencia y valor artístico.
También fija los requisitos y las condiciones técnicas para poder llevar a cabo las actividades de fuego, ya que establece límites en la edad de uso de material pirotécnico, con lo que se sientan las bases para cumplir con la directiva europea sobre espectáculos pirotécnicos. EFE
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