El juez rechaza que la Diputación exija a Sabico ocho millones por el incendio de Errotaburu
Acusa al ente foral de intentar beneficiar a su aseguradora, que había asumido el pago
La sentencia observa "desviación de poder" en la decisión del Consejo de Diputados un año después del suceso
Las torres de Errotaburu, en pleno incendio, en 2005.
Donostia. El Juzgado de lo Contencioso-administrativo número uno de Donostia ha anulado la resolución aprobada por la Diputación de Gipuzkoa en 2006 en la que se exigían responsabilidades económicas a la empresa de seguridad Sabico por el incendio de las torres de Errotaburu. El fuego, que calcinó parte de la sede del Departamento de Hacienda en junio de 2005, lo originó un vigilante de la citada empresa (después de asesinar a su superior), por lo que el ente foral le exigía a Sabico 5,6 millones de euros en concepto de indemnización por los daños materiales causados. Además, le demandaba otros tres millones a la aseguradora de Sabico, QBE Insurance. La exigencia de ambos pagos queda, pues, anulada, a la espera de que esta decisión judicial pueda ser recurrida.
La sentencia, a la que ha tenido acceso a este periódico, considera que la Diputación había empezado a cobrar la indemnización correspondiente por parte de su propia compañía aseguradora, Zurich. Por eso, el juez estima que con el acto administrativo dictado por la Diputación para exigir a Sabico el pago de la citada cantidad, se intentó beneficiar a Zurich, una empresa privada, para que esta compañía recuperara el dinero que había abonado sin tener que recurrir a los tribunales.
La sentencia dictada por el juez estima el recurso presentado por Sabico y considera que existió "desviación de poder" en la resolución de la Diputación, que considera que estaba "viciada" porque era el colofón de un proceso que partió de un acuerdo previo firmado entre el ente foral y la aseguradora Zurich en julio de ese mismo año, compañía que ya había aceptado el siniestro y había empezado a asumir el pago de la indemnización correspondiente.
Así, el juez estima que la Diputación tiene "la obligación de intentar resarcir las arcas públicas por el cauce más sencillo y rápido", pero al estar ya cobrando ese importe por parte de Zurich, el dinero que se le exige a Sabico no llegaría a la propia Diputación, sino que se destinaría al reembolso para Zurich, como "último perjudicado", "cuestión que, como es obvio, sí plantea problemas de legalidad". El juez considera, así, que el acto administrativo de la Diputación tiene "el único y exclusivo objeto ajeno al interés público de poner en bandeja a su compañía de seguros" el recobro del dinero, "mediante un sencillo procedimiento administrativo (...) que se ventila en apenas seis meses a pesar de la complejidad del mismo, evitando así a su asegurador los rigores de tener que ejercitar las correspondientes acciones legales por vía subrogatoria".
"Altruismo administrativo" Es decir, una vez que la Diputación cobra su indemnización, el juez estima que ya no corresponde al ente foral, sino a la compañía Zurich, acudir al procedimiento ordinario de los tribunales para que éstos decidan quién es el responsable económico del siniestro y si Sabico debe reembolsar a la aseguradora la cantidad adelantada por ésta.
Al interponerse e intentar simplificar el proceso, la Diputación "destina a dicha finalidad estrictamente privada cuantiosos recursos públicos económicos y humanos, en una suerte de altruismo administrativo hacia una compañía aseguradora inédito". Además, el juez insiste en que el ente foral se aparta "de manera notoria de la finalidad pública que debe guiar la gestión pública y la utilización de los privilegios administrativos" y que, en cambio, su finalidad está "desviada" y el procedimiento administrativo está "instrumentalizado".
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